Publicado hace 13 años por orioltanoca a conpapeles.periodismohumano.com

Se exige para el sostenimiento de cualquier extranjero (independientemente de su edad) la tenencia de una cantidad diaria mínima de dinero que represente en euros el 10% del salario mínimo interprofesional bruto, o su equivalente en moneda legal extranjera: una cantidad mínima equivalente a 63,30 € por día de estancia y por persona.

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Algunos ya se han ido.