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Las menores fueron agredidas por sus compañeros en el autobús escolar que las trasladaba del instituto, en Villalbilla, a Loeches. Algunos jóvenes intentaron avisar al conductor, pero desistieron ante las amenazas de los cabecillas del grupo. El padre de una de las menores denuncia que el conductor del autobús no paró en ningún momento.
menéame
#100 Si una monja o no monja le hace eso a un crío hoy, te aseguro que se le cae el pelo y algo más. No te digo ya si se lo hacen en un "instituto"
Y sí, la justicia, sobre todo si hablamos de menores, tiene que tener un componente de educación, porque es obvio que un adolescente que hace según qué cosas no la ha recibido en su casa y tendrá que ser el juez el que se encargue de enseñársela. Y sí, el concepto educar también incluye castigos (¿o a ti tus padres nunca te dijeron eso de "o te portas bien o te quedas en casa todo el fin de semana"?).
La educacion y mano dura funciona si es un niño que le toca las tetas a una niña, pero no es el caso, son 10 niños sujetando y agrediendo 2 niñas, yo veo una diferencia, aqui la educacion YA ha perdido.
De todas maneras mi comentario solo era una exageración, pero se merecen un castigo, lo que tu llamas mano dura...
¿Por qué? No me puedo imaginar una forma mejor de:
1) Hacerle ver que su acción desconsiderada con sus semejantes tiene una consecuencia (es decir, no queda impune)
2) Hacerle entender que esta consecuencia es reponsabilidad única y exclusiva de sus actos.
3) Hacerle sentir empatía por las chicas a las que levanta la falda.
Sin golpearle, sin hacerle daño ni nada. ¿Es cierto que no se puede castigar así a un alumno? Pues vaya mierda de educación
¿Tu de psicosexualidad evolutiva nunca has leido nada? ¿no?
Normalmente, si la niña se queja a un profesor, al niño le reprénden y castigan. No hace falta llevar al crio a un reformatorio, ni siquiera al psicologo, porque es una conducta que entra dentro de la normalidad.
#92 Pues ese crio al que la monja le bajo los pantalones y lo humillo paseandolo por las clases si que se habrá quedado con consecuencias, ya que un castigo asi escapa a su comprension. Debió hartarse de llorar.
Ahhhh... ya caigo... claro!... era un potencial maltratador de mujeres en potencia, asi que no pasa nada.
Si hubiera sido un profesor adulto que pasea a una niña en bragas ya estaríais las feministas clamando por su ejecucion sumarisima.
Estoy de acuerdo en que la mayoría de personas hemos pasado por agresiones sexuales leves.
Pues no, go to #105
noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html
Lo de las faldas en el colegio, que no digo que sea una cosa que esté bien, pero es comparable a las peleas de patio de colegio. Deben ser sus profesores los que lo vigilen y llegado el caso lo castiguen. A diferencia de lo que hicieron esos nueve chicos en el autobus, que si es un delito de agresión sexual de manual, con agravantes 180.2 ( vejacion grave ) y 180.3 ( varias personas ). Del 180.1 se libran al ser ellos tambien menores. La pena para adultos seria de 4 a 8 años de prision, pero con la buenrrollista ley del menor como mucho les caen 6 meses de reformatorio en regimen abierto.
#116 Entonces, el termino politicamente correcto a que un crio levante la falda a su compañera es "agresion sexual leve". Pues el codigo penal habla de agresion sexual y punto, en derecho penal el delito existe o no existe, y no veo yo donde encuadrarlo en el articulo 180.
¿ O cada vez que dos crios se dan de tortas en el recreo hay que cruzar unas denuncias por agresiones ?
#89 Y respecto al tema del conductor, el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril lo deja diafano: deberia haber un acompañante adulto encargado del orden... si no lo hay, la culpa es del colegio o de la empresa. La labor del conductor es conducir el autobus con seguridad, no hacer de poli de guardería. Es más, me apuesto lo que querais que si el abogado del conductor se agarra a esto saldrá absuelto.
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd443-2001.html#a7
No cabe duda que en esta sociedad politicamente correcta se dotará en el futuro de leyes que tipifiquen el delito de "levantamiento de falda", "pelea de patio de colegio", "novillos" y "crueldad infantil" y otros que se os ocurran, pero lo que hay es lo que hay.
1. "El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años."
Que reforzaria con el agravante en:
173.2 CP "...sí como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años"
Y para asegurarme la pena maxima de tres años:
173.2 CP parrafo 2 "Se impondrán las penas en su mitad superior cuando alguno o algunos de los actos de violencia se perpetren en presencia de menores..."
Y esto solo con un vistazo rápido al CP... si empiezas a buscar un poco mas seguro que se podria reforzar aun mas la querrella.
Esto es lo que dice la ley... lo demás es dialéctica.
Otra cosa es que lo de levantar faldas dentro de las chiquilladas, haya que enderezar a los que lo hacen, pero eso se hace mediante la disciplina escolar ( esa cosa que paso a mejor vida ). Tambien habria que enderezar a los crios que maltratan animales, los que insultan a sus profesores y compañeros. Es un problema global de educación.
¿Que crees que les va a pasar a los 9 angelitos que sometieron a agresion sexual a las dos niñas? Yo te lo digo... NADA, porque la Ley del Menor hará que se vayan de rositas. Con esa ley de mierda, muy politicamente correcta, buenrollista y "avanzada" los crios de este pais se saben impunes, ante la Ley y ante sus padres, que se ven inermes porque saben que cualquier castigo que les pongan no servirá de nada.
Y el "bulling" a diferencia de una pelea entre dos iguales, si que es punible, por la misma via del 173 CP, ya que entra dentro de la vejación de lleno. Aunque desgraciadamente, la Ley del Menor deja el CP en agua de borrajas la mayoria de las veces.