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La administración obligada desde ya mismo a usar estándares abiertos

Desde el 1 de enero de 2010, la administración española está obligada por ley a comunicarse con sus ciudadanos usando estándares abiertos, tanto en los documentos a presentar, como en el cumplimiento de ellos en sus páginas webs para el acceso electrónico. Hace unos días se publicaba en el BOE el Esquema Nacional de Interoperabilidad con la explicación detallada.

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  1. #22   #18 doc es un estándar en sistemas MS, y ademas es de uso generalizado por que MS tiene la mayo parte del mercado en España y resto del mundo. Por lo que doc es un estandar de uso generalizado.
    De todos modos se han olvidado que docx también es un estándar iso, así que ya sabemos por donde irán los tiros en cuanto a estandares
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    el 04-02-2010 08:16 UTC por timeout timeout
  2. #4   #3 no, es que se está confundiendo, los DERECHOS del ciudadano vienen en el artículo 6 de la ley que he citado, el Esquema Nacional de Interoperatibilidad no regula esos derechos que son los que son (artículo 6).
    Tú presenta un documento en OpenDocument que verás que tranquilamente no te lo aceptan y no podrás reclamar.

    Mira lo que dice el artículo 1 del Esquema:
    Artículo 1. Objeto.

    2. El Esquema Nacional de Interoperabilidad comprenderá los criterios y recomendaciones de seguridad, normalización y conservación de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones públicas para asegurar un adecuado nivel de interoperabilidad organizativa, semántica y técnica de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias y para evitar la discriminación a los ciudadanos por razón de su elección tecnológica.
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    el 03-02-2010 23:04 UTC por sam2001 sam2001
  3. #2   Amarillista (ahora sensacionalista), la ley dice, en el artículo 6.k: "A elegir las aplicaciones o sistemas para relacionarse con las Administraciones Públicas siempre y cuando utilicen estándares abiertos o, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por los ciudadanos."

    "O EN SU CASO", o sea, que se puede utilizar aplicación con estándar abierto o cualquier otra de uso generalizado. Y además, "uso generalizado" es tan subjetivo que cualquier cosa valdrá...

    Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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    el 03-02-2010 22:59 UTC por sam2001 sam2001
  4. #3   #2 "En su caso" no es excluyente como bien explica el documento, yo puedo presentar un documento de texto en OpenDocument y ahora están obligados a aceptarlo, aunque también puedan aceptar un documento de Word.
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    el 03-02-2010 23:01 UTC por Nukeador Nukeador
  5. #18   #15

    Estándar abierto = ODF ok y de acuerdo

    Estándar de uso generalizado por los ciudadanos |= doc

    El doc es un formato privativo de uso generalizado, pero que desgraciadamente para los que ostentan todos los derechos sobre el mismo, no es un estándar. En todo caso es un "estándar de facto" que es un término que sacó a la palestra alguna empresa multinacional, de cuyo nombre no me acuerdo en este momento, para justificar lo injustificable y para que las cosas siguieran del mismo modo que estaba. Dicho de otro modo doc = mercado cautivo + legacy = pasta gansa para multinacionales.

    Lo que hace falta en España es que se diga claramente lo mismo que han dicho otros países -> formato oficial para uso en las AAPP = ODF.
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    el 04-02-2010 07:26 UTC por kismet kismet
  6. #19   ¿Cuántos de aquí tenéis unas MS-Office "legales"? ;)
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    el 04-02-2010 07:38 UTC por yorus yorus
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