Hace 12 años | Por --49509-- a miciudadreal.es
Publicado hace 12 años por --49509-- a miciudadreal.es

Las asambleas y protestas del movimiento 15-M en Puertollano (Ciudad Real) empiezan a “incomodar” más de la cuenta, hasta el punto de que alguien ha decidido aplicar el principio de tolerancia cero. Dos de los miembros de este colectivo, entre quienes se encuentra José Antonio Giménez Giménez, podrían ser sancionados con una multa de entre 300 y 30.000 euros por promover una asamblea ciudadana sin comunicación previa a través del grupo de Facebook “Toma La Concha Puertollano”, tras haber sido denunciados ante la Subdelegación del Gobierno de Ci

Comentarios

D

#3 En este caso tiene fundamento.

Artículo 23.

A los efectos de la presente Ley, constituyen infracciones graves:

....

c. La celebración de reuniones en lugares de tránsito público o de manifestaciones, incumpliendo lo preceptuado en los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, Reguladora del Derecho de Reunión, cuya responsabilidad corresponde a los organizadores o promotores, siempre que tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a23

#9 Se multa a los organizadores o promotores de una reunión en lugarse de tránsito público sin el preceptivo aviso a la autoridad gubernativa. El problema del botellón la mayoría de las veces es que es complidado encontrar al organizador o promotor, entre otras cosas porque no lo hay, es una reunión expontánea. Sería como multar una aglomeración en las Ramblas.

Jiraiya

#13 Ya sabemos otra ley que se debe modificar Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, Reguladora del Derecho de Reunión, después de:

Ley Electoral,
Derecho a la huelga
Transparencia pública
Responsabilidad contable para alcaldes y gestores públicos
Fraude fiscal
Medio Ambiente
etc
.
.
.

D

#17 No hables en plural mayestático. Yo creo que lo mínimo para montar una huelga o una manifestación es avisar. Así le das tiempo a la autoridad gubernativa para establecer un paso para servicios de urgencias (ambulancias, etc.), se puede avisar a la gente que vive/trabaja o tiene un comercio en el sitio de celebración de esa manifestación (información a la cual tienen derecho aunque solo sea para no verse atrapada en medio por sorpresa) y a que haya un dispositivo de seguridad y limpieza que vele por el orden, entre otras muchas cosas.

Avantasia

#20 ¿pero de cuánta gente estamos hablando? ¿y para hacer qué?

O sea si yo pongo un evento en facebook (como hicieron ellos) para invitar a unos amigos a hablar de política en la plaza del pueblo (lo que hicieron ellos) me puedo dar por jodido, porque se considera reunión y tengo que avisar de que soy el promotor y...

“el evento, se trató realmente de una simple asamblea a la que acudieron entre 50 y 60 personas para tratar las líneas de acción contra los encierros”.

Uhhh, se necesitan claramente servicios de emergencia, de limpieza, la guardia civil y los geos.

Venga ya hombre, esto es un cachondeo

M

¿#21, #25, #30, #32, #33, Habéis leído #13 y #14?

Artículo 22.2 CE
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Si tanto nos importa la Constitución, que ponemos (yo también) el grito en el cielo cuando nos la cambian "por la cara", haríamos bien en conocerla, y cumplirla. Todos.

D

#2 #35 Según la ley actual es sancionable. Pero si les sancionan a ellos tendrían que sancionar a todos lo que convoquen una reunión en la calle de más de 20 personas. Sino incurren en delito penal a parte de prevaricación.

#29 Tienes razón. Si se ponen estrictos te pueden multar. #30 En el post #13 se indica claramente. Son multables tanto las manifestaciones como las reuniones en la calle. La ley no hace distinción.

Hanxxs

#45 "En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas es contrario a su dignidad de hombre, ninguna tiranía puede dominarle" Mohandas Mahatma Gandhi

perico_de_los_palotes

#13 #14 #35 y #39 ¿Los cines, teatros y otros lugares de espectáculos con mas de 20 localidades y cuya taquilla da a la calle comunican a la delegación del gobierno las colas que se producen cuando la gente se reúne de manera concertada y temporal en la vía pública con objeto de acceder a la función?

Dada la ley que cita #42, el agravio es patente.

D

#47 Se entiende que los cines y teatros piden permisos (muchos) para ejercer su actividad. Y pagan impuestos además para ello.

D

#47 #49 Toda la razón. El agravio es evidente. Si quedas con 20 colegas para irte dando un paseo al algún lado, te pueden multar. O si quedas en la puerta de un restaurante. O si al salir de la misa de una boda, decides y dando un paseo con 20 familiares o amigos hasta el restaurante. Si haces una asamblea de vecinos en fuera del portal de tu casa, porque hace calor o no hay espacio, si sois más de 20. Legalmente son todas punibles. O multas todos esos comportamientos o no multas ninguno.

Maestro_Jedi

#62: Que quede claro ante todo que no soy jurista, pero creo que puedo responder a tus dudas.

¿Y una comunicación pública puede considerarse una comunicación a la autoridad? Lo digo porque, de la misma manera que se comunica públicamente el acto de asamblea, esa misma comunicación podría/debería servir como comunicación a la autoridad, ¿no? (no veo por ninguna parte que el acto de comunicación a la autoridad deba hacerse de forma fehaciente).

No si no se trata de una comunicación dirigida específicamente a la autoridad. Un grupo en Facebook o un sitio en Internet no sirven, pues la autoridad puede no enterarse de la convocatoria (al no ser en modo alguno oficiales ni ser de consulta obligatoria para ésta). Por otra parte, sobre si el acto debe hacerse de forma fehaciente: naturalmente, pues puede ser necesario que acredites que tal comunicación se ha realizado en tiempo y forma, y esto sólo será así cuando deposites en Registro el escrito del que habla #28 y te quedes con tu copia sellada con su registro y fecha de entrada. En realidad, es como cualquier otro acto administrativo y no tiene nada de especial en cuanto a procedimiento.

Si mi observación no es válida entonces, según la normativa, cada vez que me reuna, en plena calle, con 6 o 7 o 10 amigos para hablar de cualquier tema, deberé comunicarlo a la autoridad ¿o no?.

No. La ley entiende como reunión la concurrencia concertada (es decir, no espontánea) y temporal (en el mismo momento) de más de 20 personas, con finalidad determinada (con un curso de acción previamente planificado).

En fin, rascando rascando, creo que ante un juez la cosa puede ser de muchas maneras, dependiendo del juez, de su empatía por el 15M y de cómo se haya levantado ese día, si ha f*llado bien o no, etc.

La verdad es que, si nos atenemos estrictamente a lo establecido por la ley y la Subdelegación del Gobierno considera acreditado lo necesario, la han cagado. Esa asamblea, en principio, parece cumplir todos los requisitos para ser considerada una reunión, parece que tuvo lugar en un lugar de tránsito público y no fue comunicada oficialmente. No obstante, estoy contigo en que, si esto llega a manos de un juez, no está claro qué ocurrirá. No veo a ningún juez condenándoles (por mucho que no cumplieran los requisitos legales establecidos), por puro sentido común. Pero esto es una apreciación mía personal, por supuesto.

Y ahora, mi opinión personal e intransferible: independientemente de lo que digan nuestras leyes, algo huele muy mal cuando un grupo de 50 personas que se reúnen pacíficamente en la calle necesita comunicarlo a una autoridad (aunque ésta sólo pueda prohibir la reunión por razones bien fundadas). Pueden darse casos absurdos como los que comentan #54 o #61, algo que me parece totalmente fuera de lugar por remota que sea la posibilidad de que haya sanciones en ellos.

D

#66 #62 Me parecen muy acertados tus comentarios. Yo tampoco soy jurista, pero como dice una amiga abogada, el derecho es casi todo sentido común. Yo también pienso que un evento de facebook no es una forma de comunicación aceptable, porque la autoridad no tiene por qué consultarla. Aunque yo añadiría dos puntos que pueden servir como antecedentes. La periodicidad de las asambleas y la publicidad puede servir como atenuantes. Sobre todo la periodicidad. Si llevan realizándose 5 asambleas el mismo día a la misma hora, la autoridad puede darse por comunicada. El juez puede condenar por no cumplir el trámite oficial, pero no por no comunicarlo. Vamos, que si así lo considerase un juez, me imagino que la multa sería mucho menor.

A parte, se puede denunciar a la autoridad por discriminación ideológica (art. 510 del CP) y por prevaricación (art. 404 del CP) por denunciar de oficio esta reunión ilícita y no muchas otras. Si mediante indagaciones del juez, se demostrase que la autoridad no ha sancionado a nadie por este precepto en mucho tiempo, el juez puede considerar que esta multa tiene un origen ideológico, y eso tiene una pena bastante más alta a parte de una anulación de la anterior sanción. Hablo por sentido común, pero como he dicho, no soy jurista.

AlienXfer

#66 y #67

Muchísimas gracias por vuestros comentarios. Con gente como vosotros da gusto leer opiniones (y además se aprende mucho).

Un cordial saludo a ambos.

#49 Se entiende que los cines y teatros piden permisos (muchos) para ejercer su actividad.

Posiblemente sea cierto. Pero de momento los únicos textos legales citados en el hilo no hacen referencia a nada de eso.

Y pagan impuestos además para ello.

Si lo piensas un poquito, esto sobra.

D

#35 Sé que la constitución pone límites a la libertad de reunión. Sin embargo, creo que al ciudadano le debe importar más proteger y luchar por su libertad de asociación, pensamiento, etc, antes que acatar la ley solo porque esté escrita en la constitución. Tampoco soy de los que van defendiendo la constitución, eso sí, si alguien intenta modificarla para su beneficio y no el del pueblo, no tendrá mi apoyo. Es el dicho de "la ley está hecha para el hombre, y no el hombre para la ley".

Si la constitución dijera, en un caso hipotético, que todo español tiene el deber de … , entonces no cumpliría con lo que dice, sin ninguna reserva. No sé de dónde se ha sacado la gente la idea de que vivimos con esa reverencia y respeto a la constitución. Es un texto que no hemos votado nosotros, y que no podemos cambiar tampoco, lo normal es que no nos muramos por cumplirla, ni tampoco nos interese que se pueda modificar por intereses privados.

O qué ocurriría si la constitución también pusiera límites a la libertad de pensamiento, en plan tenemos el deber de comunicar nuestra afiliación política, ideológica o religiosa a las autoridades, como sería el caso de China. Pues lo mismo ocurre con la libertad de asociación - tampoco se nos permite reunirnos de noche al aire libre, que me peguen un tiro si se cumple eso.

Jiraiya

#20 En muchos casos se prohíben y las razones son peregrinas. Que quede a interpretación de la Delegación de Gobierno de turno, es un riesgo para un derecho tan fundamental...No intentemos que la intendencia (tráfico, limpieza, etc...) sea más importante que la manifestación en sí, porque entonces en poco valor tenemos el derecho de manifestación.

En este país estamos ya acostumbrado a oír en los medios "manifestaciones no autorizadas" como si el Gobierno se pudiese negar si no le gusta.

D

Para los que quieran montar una manifa, un trámite muy sencillo: basta con redactar un escrito en el que ha de recogerse:

- Nombre, apellidos, domicilio y documento oficial de identificación del organizador u organizadores o de su representante, caso de personas jurídicas, consignando también la denominación. naturaleza y domicilio de éstas.

- Lugar, fecha, hora y duración prevista.

- Objeto de la misma.

- Itinerario proyectado, cuando se prevea la circulación por las vías públicas.

- Medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten de la autoridad gubernativa.

http://www.mir.es/SGACAVT/pciudad/dreunion/requisitos.html

Eso lleva redactarlo 10 minutos escasos. Se entrega en Delegación de Gobierno o se manda por correo (hay como mínimo una oficina por provincia) y ya está, no problem at all. Pero es mejor ir haciendo el perroflauta y lloriquear después, supongo.

#27 Yo fui el promotor de dos y sin ningún problema. Dame algún ejemplo concreto y hablamos.

D

#28 Sin embargo una asamblea no es una manifestación, ni de lejos. No lo es en aspecto, ni en motivo, ni en objetivos, ni en forma en la que transcurre, ni nada. Es una simple tertulia, debates, hablar, información, etc. No sé qué tipo de asambleas tienen en Ciudad Real, si esto lo llevan al extremo voy a necesitar escolta cada vez que quede con amigos a hablar de política o religión, es decir, siempre.

D

#32 Ellos dicen que era una mera asamblea. El que lo denunció supongo que alegó que era una manifestación. Veremos quién tiene razón. De momento se ha abierto un expediente para saber que pasó en realidad, pero eso no significa que se vaya a multar a nadie. Si el denunciante logra demostrar que se cortó el tráfico, se corearon consignas y se portaron pancartas los empapelaran, porque eso es una manifa. Si no logra demostrarlo pues no pasará absolutamente nada...

De todas formas y en el peor de los casos, teniendo en cuenta el limitado número de personas, de que es la primera vez (supongo) que incurren en esta falta y que no hubo incidentes la multa será muy baja, de 100 euros o menos. Con que cada uno ponga 2 eurotes ya arreglan. Y la próxima vez que echen la carta en delegación del gobierno por si las moscas.

D

#28 Yo jamás firmaría un documento como el que propones. Me parece un atentado a mi intimidad y nadie de ningún organismo público tiene por qué saber mi ideología política ni las razones que elijo para manifestarme.

Esa mierda no es sino otra estratagema para tener identificados a los cabecillas de los movimientos sociales. No digo que vayan a ir mañana a tu casa a llevarte preso, pero ahí están tus datos y tus opciones políticas a disposición del Estado "por si acaso". En 8 años ganan unas elecciones DN, E2000, AN o cualquier otro partido nacionalsocialista y mira tú qué bien, ahí tienen unas listas la mar de majas con individuos subversivos. Sería el ejemplo más brutal, pero es un ejemplo totalmente válido y factible.

Por no mencionar casos que seguro que han servido ya en esta "democracia" para encerrar a gente o para usarlos como cabezas de turco. Desde luego, ejemplos existen y no son pocos.

D

#43 Ese documento no se pide que lo rellenen los manifestantes, sino a los que organizan una manifestación. Y una manifestación pública es lo que tiene, que sirve precisamente para manifestar tú ideología politica y las razones que llevan a manifestarte al resto de la ciudadania y a los poderes públicos. ¿O tu alguna vez has ido a alguna manifa en la que se oculta la ideología, las razones que llevaron a convocarla y a los convocantes?

Tu comentario es dadaismo puro. Manifestaciones públicas en las que no se manifiesta nada y todo es privado, incluído quién la convoca lol

D

Me gustaría saber cuál es la sanción que pueden poner a esta gente. No la he encotrado en el Cógigo Penal (Edito: la señala #13). Pero lo que sí que está claro es que si les van a sancionar corren el riesgo de incurrir en agravio. Es decir, si les sancionan a ellos, deben de sancionar también cualquier otra reunión de más de 20 personas en el espacio público, o estarán violando el artículo 510 del Código Penal, por discriminación ideológica. Y corren el riesgo de violar también el 540.

Así que cuidado, que en Puerto Llano, si haces una quedada con más de 20 personas, te pueden multar.



Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión.

Artículo 1.

1. El Derecho de Reunión pacífica y sin armas, reconocido en el artículo 21 de la Constitución, se ejercerá conforme a lo dispuesto en la presente Ley Orgánica.

2. A los efectos de la presente Ley, se entiende por reunión la concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas, con finalidad determinada.

3. Son reuniones ilícitas las así tipificadas por las Leyes Penales.

Artículo 3.

1. Ninguna reunión estará sometida al régimen de previa autorización.

2. La autoridad gubernativa protegerá las reuniones y manifestaciones frente a quienes trataren de impedir, perturbar o menoscabar el lícito ejercicio de este derecho.

Artículo 5.

La autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones en los siguientes supuestos:

Cuando se consideren ilícitas de conformidad con las Leyes Penales.

Cuando se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes.

Cuando se hiciere uso de uniformes paramilitares por los asistentes.

Tales resoluciones se comunicarán previamente a los concurrentes en la forma legalmente prevista.

Artículo 8.

La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo. Si se tratare de personas jurídicas la comunicación deberá hacerse por su representante.

Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación, a que hace referencia el párrafo anterior, podrá hacerse con una antelación mínima de veinticuatro horas.


Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 510.

1. Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

2. Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

Artículo 513.

Son punibles las reuniones o manifestaciones ilícitas, y tienen tal consideración:

Las que se celebren con el fin de cometer algún delito.

Aquéllas a las que concurran personas con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligroso.

Artículo 540.

La autoridad o funcionario público que prohiba una reunión pacífica o la disuelva fuera de los casos expresamente permitidos por las Leyes, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de cuatro a ocho años y multa de seis a nueve meses.

a

#13 #42 #55 Propongo que a partir de ahora toda boda se comunique, que se cansen de recibir correos comunicandoles bodas, comuniones o entierros, y estos son peores porque no hay un límite de asistencia prefijado.

Pero especialmente que se comuniquen las bodas para que los servicios de limpieza actuen inmediatamente limpiando el arroz, petalos de rosas, claveles o margaritas, y que vayan los antidisturbios para comprobar que los cartelitos de viva los novios o los globos atados al coche de los novios son pertinentes y normalizados y no incumplen ninguna ordenanza urbana.

Tambien las reuniones de madres y padres a las puertas de los colegios a la entrada y salida de los niños. Estas además con la guardia civil de tráfico para prevenir atascos.

Lo mismo toda la gente que decide irse a comer la mona de pascua a la playa y volar cometas a la vez, aunque no se conozcan entre sí, pero van a hacer una actividad similar. Aunque en previsión de las futuras modificaciones de la ley de costas las ordenanzas urbanas deberían prohibir el consumo de alimentos en la playa.

Supongo que los días de examenes de selectividad las universidades harán la comunicación oportuna en previsión de la gente que se agolpará delante de los tablones para ver donde les toca o los corros de alumnos repasando apuntes a última hora.

Lo mismo que los grupos de gente que sale de hacer cualquier examen, oposición etc que se arremolinan mientras esperan el autobus pensando si impugnar las preguntas 30, 49 y 58.

Idem para toda reunión espontánea en una parada de bus provocada por el retraso de un autobús en hora punta.

No digo nada de los eventos deportivos porque esos ya se comunican.

Se me olvidaba si en nochevieja alguien hace alguna comunicación previa en Sol para reunirse...

y etc...

r

#13 #14 y la constitución esta por encima del código penal (o eso me dijo un antidisturbio el 27m en el parlament), asi que no puede multarse por ello...

Hanxxs

#14 ¿Una asamblea de 50 personas es una reunión "en lugares de tránsito público" que debe ser comunicada? Entonces, si organizo una cena de 25 personas y quedamos en la puerta del restaurante, ¿también debo avisar a Delegación del Gobierno con 10 días de antelación?

D

#29 Esa es una reunión, no una manifestación. Si estos consiguen demostrar que estaban realizando una asamblea y no una manifestación no los van a multar. Ahora bien, como hayan cortado el tráfico o salgan algunas fotos con pancartas los empapelan fijo.

Hanxxs

#30 Tú lo has dicho: reunión. Es bastante difícil hacer una asamblea en movimiento (manifestación).

D

#12 Estaban usando la palabra y para la caterva totalitaria del PPSOE esa es la más peligrosa de las armas.

marioquartz

#21 y #37 Cuando es una zona de transito publico hay que comunicarlo, leelo en los comentarios de arriba.

¿Desde cuando un piso o un cine es una calle?

miminight

#39 Me da igual, que no me puedo reunir con mis amigos en la calle ?? Que si, que lo que quieras, que la ley está ahí, pues habrá que cambiarla. Vamos, no es ni medio normal que no puedas quedar en la calle con 20 o 30 personas para debatir y quien dice 20 dice 100.

marioquartz

#40 Decir que solo estaban paseando es retorcer al maximo el lenguaje. Y existen lugares publicos que no interrumpen el paso. Y de todas maneras es solo COMUNICACIÓN.
#50 No tienes que pedir permiso, no tienen que conceder nada. Simplemente debes avisar si va haber mucha gente.

D

#55 Perdona. No es retorcer el mensaje. Pasear o estar simplemente en una parque es estar reunido. Lo mismo es aunque sea para hablar de futbol o de una peli. La motivación por la que se reúnene a la ley se la suda. La ley obliga a comunicar aunque no se vaya a cortar el tránsito.

Si en Puertollano se ponen estrictos con la ley, deben multar a toda reunión que se produzca en la calle de más de 20 personas que no haya sido comunicada, con independencia de que afecte al tránsito. Eso es lo que señala la ley. Lo que no pueden hacer es multar a unos y a otros no.

AlienXfer

#39 OK.

¿Y una comunicación pública puede considerarse una comunicación a la autoridad? Lo digo porque, de la misma manera que se comunica públicamente el acto de asamblea, esa misma comunicación podría/debería servir como comunicación a la autoridad, ¿no? (no veo por ninguna parte que el acto de comunicación a la autoridad deba hacerse de forma fehaciente).

Si mi observación no es válida entonces, según la normativa, cada vez que me reuna, en plena calle, con 6 o 7 o 10 amigos para hablar de cualquier tema, deberé comunicarlo a la autoridad ¿o no?.

En fin, rascando rascando, creo que ante un juez la cosa puede ser de muchas maneras, dependiendo del juez, de su empatía por el 15M y de cómo se haya levantado ese día, si ha f*llado bien o no, etc.

Un saludo.

D

Es sólo para asustar a los indignados, esa sanción no llegará a ningun sitio será desestimada...

reygecko

#7 ¿Conoces la maldición gitana "juicios tengas y los ganes"?

Significa que no es necesario que el juez te castigue, el mero hecho del juicio ya es suficiente castigo. Pues eso.

D

#8 Es algo tan viejo como la democracia. En la antigua Atenas existía la figura del "sicofanta", delatores profesionales que no tenían que ganar el juicio, sólo acusar. Ayer como hoy, como dices, no es necesario que el juez te castigue, el mero hecho del juicio ya es suficiente castigo. Nada nuevo bajo el sol.

Boicot_Israel

"A los del botellón nadie les denuncia"

¡Mentira! A los que hacen botellón realmente es a los únicos que se denuncia, por qué no sé como será en Puertollano, pero en Valencia los abuelos beben en la calle o en el paseo marítimo o en la playa y JAMÁS se les multa ni tan si quiera se les advierte y muchísimo menos se les quitan las botellas.

Es decir, a los jóvenes somos los únicos a los que se nos denuncia.

D

Toma democracia en cucharón grande! Esto es lamentable, si esto pasase en Cuba o Venezuela nustros medios echarían espuma por la boca ante este atentado contra la libertad de las personas, pero esto es spañistan un estado democrático de derecho donde se respetan las libertades del individuo Oh Wait!

D

tolerancia cero ???
me encantan los eufemismos del lenguaje para que todas y todos podamos hablar sin decir intolerancia

chemari

Entonces, crear un evento en facebook ya te convierte en organizador y responsable de la asamblea? yo creía que esto del 15M era un movimiento horizontal y que si yo asisto a la asamblea es por mi propia voluntad. No veo que responsabilidad pueden tener estos "organizadores" a los que nadie ha elegido.

Por cierto, ya estamos otra vez mezclando churras con merinas, o 15M con antitaurino en este caso. Mucho oportunista arrimando el ascua a su sardina.

alekis

Así de paso se logra criminalizar un poco más el movimiento...

Estoy seguro de que si hubiesen quedado para hablar de fútbol nadie les hubiese sancionado.

Boicot_Israel

Alcalde SOCIALISTA #Nolesvotes +1

D

Democracia si entre los que mandan. Los campesinos que ni lo piensen. Este país no ha cambiado en siglos.

#10 Si da igual...

L0tHaR

La verdad es que ya empieza a hartar el ver cómo tienen la justicia cogida por el mango, y cómo hacen con ella lo que quieren.
Los partidos que gobiernan roban, expolian, estafan, enchufan, legislan para ellos y cambian esa carta magna tan inmutable que teníamos, y para ellos hay impunidad y aplausos. El pueblo protesta y nos apalean y nos someten a procesos judiciales. Creo que ha habido algún momento en el que los políticos se han olvidado para quiénes tienen que trabajar. Además tienen todas las herramientas en su mano para tratar de callarnos y controlarlos por las malas, aunque no deberían ni intentarlo!

taranganas

Tomad nota y ya sabeis a quien no votar.

D

una duda? las manifestaciones católicas (llamadas procesiones) y las concentraciones de católicos en el campo (llamadas romerías) tienen permisos?
yo quiero que me enseñen uno de esas solicitudes con registro de entrada.

Nhat

Como en la época de Franco, hay que pedir permiso para reunirse. PERO QUE FASCISTAS.

miminight

Y lo próximo que va a ser detenerme porque estoy en el cine o en el teatro donde somos mas de 100 personas reunidas ?? Detenernos por ir a un partido de fútbol, baloncesto o lo que sea porque hay gente reunida?? Vamos hombre... esto se está saliendo de madre. Esto de prohibirnos hablar se les va a volver en contra !!! Les gustamos mas calladitos y sin pensar en plan rebaño... Pues sres... se les ha acabado el chollo, ahora los ciudadanos hablamos entre nosotros y no nos gusta lo que estamos viviendo.

D

Ese alcalde se merece lo peor que le pudiera pasar.

¿Una enfermedad de muerte lenta y dolorosa? Sería algo interesante.
¿Un atentado terrorista? Condenaria el atentado, pero celebraría su sufrimiento.
¿Que le descubran un falso caso de corrupción que hunda su reputación? Bien, aunque prefiero la primera opción.

Quizás deberíamos empezar a considerar como medio de protesta la saturación de servidores.

lemenyou

La ley es ciega... pero joder, no sabía que tanto

opcional

Desobediencia civil.

JanovPelorat

¿Cuántas multas pusieron por las acampadas, reuniones, asambleas, etc... que se produjeron cuando el concierto de Justin Bieber? Quien por cierto, dadas las circunstancias, no creo que actúe en Puertollano, a ver dónde está el guapo/a que se atreve a comprar entradas.

D

#52 ¿Fue el concierto del Justin Bieber clandestino? ¿En serio crees que la empresa que organizó el sarao no pidió todos los permisos pertinentes? roll

JanovPelorat

#53 Pidieron, por ejemplo, permisos para que acamparan quiénes compraron las entradas. Es más, ¿es costumbre pedir (y que te concedan) ese tipo de permisos? Lo dudo mucho.

a

Pues menos mal que me he leido la noticia, porque con la entradilla parece que les están multando por no anunciar la reunión en caralibro.

D

La alternativa, va ser manifestarse botella en mano. Y cambiar las consignas de protesta, por otras como por ejemplo la de.....

"Alcohol, alcohol, alcohol......hemos venido a emborracharnos......"

nisan3654

Lo de la imposicion de la multa es simplemente otra forma de llenar las arcas ya costa de los menos favorecidos. Y con ello se tapa algun agujero.

Mikiapa

Vamos a tener que camuflarnos de JMJ o del papa para que se nos respete.

bizilagun

A los peregrinos que se emborracharon, guarrearon, mearon, insultaron, fachearon y demás durante la JMJ, ya les han debido de llegar las correspondientes multas, no?

oO_Snick_Oo

Ya está bien de tanta represión, en el lugar no se entorpecía a nadie, ni se hacía uso de la megafonía. era solamente una concentración de ciudadanos comentando el tama: ¿Es conveniente reinstaurar unos encierros en Puertollano con la actual situación económica? Seriamos unas 50 personas reunidas, pero en diferentes grupos. Además palabras del Alcalde que ha interpuesto la denuncia:

"Nos han hecho llegar un grito de protesta frente a nuestro inmovilismo conservador y excluyente, una clara reivindicación de que las cosas deben cambiar y que la democracia no es plena si quienes participamos en ella de forma activa, no lo hacemos teniendo en cuenta cuales son los verdaderos problemas de la gente". Asimismo se comprometió con todos los ciudadanos, "pero muy especialmente con los que nos han traído un aire fresco a la democracia con sus acampadas y sus reflexiones sociales". (fuente: miciudadreal.es)

D

Cuando se dice que el 15M es un movimiento global, sin representantes visibles,en el que caben diferentes ideologías y propuestas lo que el Ministerio de Interior entiende es que no hay una cabeza visible a quien investigar, responsabilizar o con quien negociar. Una asamblea en un lugar público para debatir asuntos de política exige uno o varios convocantes, incluso en una comunidad de vecinos no puedes reunirte sin avisar con todos para tratar algo urgente(se convoca una junta extraordinaria), y las asociaciones, partidos políticos y todo tipo de sociedades se rigen así, un ente organiza y convoca y el resto acuden, es lo que marca la ley y eso obliga a la identificación de los participantes, pero vamos que ha sido así siempre, lo que pasa es que como la gente ni se ha molestado en saber de sus derechos y obligaciones, y a algunos el 15M les parece el no va más por su espontaneidad ocurren estas cosas. Por supuesto que los datos de los convocantes se recogen y se investigan, por una parte es bueno saber si vas a ir a una asamblea que organiza un acusado de estafa o un maltratador o un ciudadano normal y corriente, que un grupo se reúna bajo el espíritu del 15M no le otorga validez ni legalidad por encima de cualquier otro,ahora bien ¿es pertinente esa ley? ¿ va contra las libertades?y la principal ¿alguien cree que cualquier gobierno va a permitir asambleas anónimas?

I

G U E R R A

D

Es la Ley de Vagos y Maleantes. Como en tiempos del dictador Franco. Estamos igual. Democracia caca.