Hace 5 años | Por --546793-- a nuevatribuna.es
Publicado hace 5 años por --546793-- a nuevatribuna.es

Una empresa ha sido condenada a pagar un total de 60.747,12 euros a un trabajador por no reincorporarle a su puesto de trabajo tras un despido nulo. El caso ha sido llevado por el bufete de abogados Juristas Laboralistas y servirá para poner en alerta a todas aquellas empresas que siguen incumpliendo las resoluciones judiciales.

Comentarios

D

Felicidades a dicho trabajador.

lakhesis

#40

anv

#40 Los propios emprsarios deberían darse cuenta de que una empresa que paga sueldos miserables o que no paga indemnizaciones o lo que sea está haciéndoles una competencia desleal. Obliga a las otras empresas a hacer cosas ilegales sólo para ponerse a su nivel y no estar en desventaja. Las propias asociaciones de empresarios deberían luchar contra estas cosas... pero bueno, ellos no lo ven así parece...

eldarel

#4 Esa es mi duda. ¿Se trata de sanción a la empresa por desacato, indemnización por el perjuicio causado?
Porque si le dan pasta y no le readmiten, es dejar la sentencia incumplida...

e

#5 deben readmitirle. Una vez readmitido si quieren pueden despedirle improcedentemente con indemnización y el trabajador se va con otro pico mayor o menor según su salario y años que llevase en la empresa.

eldarel

#12 Gracias por responder

dreierfahrer

#14 vale. No soy jurista.

Pero tengo entendido q despues de un despido nulo es bastante complicado despedir a nadie....

Mucho la tienen q liar, siendo el despido libre -q no gratuito- para q un juez diga q es despido nulo... y a partir de ahi el empresario tiene q demostrar q no le hecha como consecuencia de la sentencia q le obligaba a readmitirlo.... es bastante jodido.... tienen q llegar, si quieren, a acuerdos con el trabajador para q se vaya pq por lo demas es bastante 'intocable'.

D

#38 No necesariamente, la protección de un trabajador que demanda a la empresa dura hasta que se resuelve el juicio, a partir de ahí no hay una protección de por sí.
Un trabajador en esas circunstancias, que desee conservar el empleo, debería buscar la manera de protegerse legalmente, comunicando la creación de una sección sindical y realizando actividad sindical públicamente, reclamando por escrito a la empresa el cumplimiento de la ley de prevención de riesgos o de cualquier ilegalidad laboral que se conozca, iniciando un nuevo juicio reclamando alguna cantidad adeudada o al menos pedirlo por escrito si no se quiere afrontar otra demanda, solicitando por escrito que cese una situación de discriminación por recibir distinto trato que sus compañeros (en una readmisión suele pasar), etc.
Y mientras tanto el trabajador deberá cumplir sus obligaciones tratando de evitar que la empresa encuentre incumplimientos relevantes por su parte, incluso aunque no sean graves podrían provocar que se declare despido improcedente en vez de nulo. Esto puede resultar duro psicológicamente, lo digo por experiencia.

lakhesis

#48

Todas las acciones realizadas por el trabajador encaminadas a reclamar sus derechos gozan del derecho de indemnidad. En este sentido, cualquier acción ya sea preparatoria o previa a la vía judicial, no podrá contrarrestada por una represalia por parte de la empresa.

(...) no existe un plazo durante el cual exista un periodo de protección, sino que lo importante será acreditar el nexo causal entre la medida tomada por la empresa y la reclamación de derechos efectuada por el trabajador

https://www.cuestioneslaborales.es/proteccion-del-trabajador-ante-las-reclamaciones-a-la-empresa/

Es la empresa la que tiene que demostrar que el siguiente despido no es un acto de venganza. O sea, olvídate de que se le reconozca a la empresa la opción de un improcedente. Tiene que ser un objetivo o un disciplinario muy muy muy clarito.

lakhesis

#38 Efectivamente (tampoco soy jurista) pero si es un despido nulo, no van a poder despedirlo una segunda vez. Ya la tiene que liar el trabajador gordísima y la empresa tener unos buenos abogados (y estar dispuesta a pagarles una pasta, porque va a ser una demanda complicada de cojones) Tienen, por un lado, que enfrentarse a la situación de protección de ese trabajador (que, casi probablemente, estemos hablando de una embarazada, una MUY reciente paternidad/maternidad, reducción de jornada o delegado sindical) y por otro, demostrar que no es en represalia por haber denunciado previamente a la empresa.

Vamos, que les va a salir por un pico la historia, es mucho más sensato pasar página, quedarte con ese trabajador y aprender para la siguiente vez que quieras despedir a alguien.

cc/ #14

LaInsistencia

#12 Ojo cuidao, puede alegar que el despido es una represalia por la sentencia que obliga a su readminision y conseguiria anularlo tambien. Con unas vacaciones pagadas por el medio como en el primer juicio...

D

#4 #5 #12 Son 60.000 euros por salarios de tramitación, la indemnización por despido y un extra de daños y prejuicios, pero el puesto de trabajo se declara extinguido aunque el despido fuese nulo y el trabajador quisiera seguir currando.
Se cobra más que en un despido estándar pero ojo que tampoco mucho que digamos: los salarios de tramitación son solo por unos meses pese a que el proceso judicial durará más de un año, y la indemnización por daños tiene un límite máximo bastante bajo establecido por ley.
El trabajo se pierde pese a que es la empresa la que se niega a readmitirle incumpliendo la sentencia que lo ordena, no me parece muy justo pero lo he mirado y así es la ley.
https://loentiendo.com/readmision-trabajador-despido-improcedente/

lakhesis

#47 Por salarios de tramitación han sido 14000€, o sea que el resto es la indemnización.

El link que envías (está redactado un poco como el culo) es de despido improcedente, en el que la empresa puede elegir, pero la noticia trata sobre el despido nulo, aquí la empresa no decide qué hacer, readmite y paga los salarios de tramitación, no existe la opción de decir que no o readmito y le indemnizo. Solo el trabajador puede decir que prefiere no reincorporarse a su puesto de trabajo.

D

#52 Tienes razón, si es una readmisión tras un improcedente es como explica el artículo que enlacé, la empresa paga más dinero y el juez declara extinguida la relación laboral. Pero si es readmisión tras un nulo, el juez ordenará a la empresa que readmita y podrá presionar a la empresa pero nunca declarará extinguida la relación laboral.
Bueno, eso sí tiene sentido, ahora ya lo pillo.

Un detalle, si hay readmisión por la razón que sea y luego el trabajador no quiere reincorporarse, tampoco puede negarse, porque eso sería una dimisión y perdería los salarios de tramitación debidos, pero pude reincorporarse y dimitir ese mismo día, con lo cual sí los cobraría. Laborlo lo explica mejor http://laboro-spain.blogspot.com/2015/11/despido-finalizacion-contrato-cliente.html

t

#47 ¿De dónde sacas que hay un límite a los salarios de tramitación? Que yo sepa no existe tal límite, y los salarios de tramitación incluyen no sólo el sueldo, sino también las correspondientes cotizaciones a la seguridad social. La idea es que, en un despido nulo, lo que dice la sentencia es que es como si ese despido no se hubiera producido, por lo que toca cobrar y cotizar todo lo que tocaría desde el despido hasta la sentencia.

D

#66 Lo explica el enlace, en este caso de no readmisión los salarios de tramitación son solo desde la sentencia que dictamina el despido nulo y la sentencia que resuelve del incidente de ejecución de la anterior. Por tanto solo cubren una pequeña parte de tiempo, no todo el transcurrido desde el despido.

t

#77 La noticia se hace la picha un lío con despido improcedente vs nulo. En el despido improcedente puedes escoger entre indemnización o readmisión+salarios de tramitación, pero en un despido nulo (que es el caso) no hay elección posible, siempre se readmite pagando salarios de tramitación desde el momento del despido.

En este caso, la empresa no ha querido readmitir (e imagino que tampoco habrá pagado los salarios de tramitación), y por eso se le pone una multa/indemnización adicional de 60.000 eur.

parrita710

#6 puede perdiese los días de vacaciones que le corresponden lol

woopi

#11 ...pedir los días de vacaciones nada más llegar, y después soltar lo de "Pues nada, vamos a tomar un café. ¡Ah! ¿Y cuándo dices que es el próximo puente?"

Siento55

#6 Aparcando el coche nuevo en la puerta, a poder ser.

Suigetsu

#22 No, porque tienen todo el derecho a despedirlo improcedebtemente.

E

#32 a no ser que estuviese de reducción de jornada por cuidado de hijos o fuese del comité, etc

dreierfahrer

#32 despues de un despido nulo, no.

Suigetsu

#39 Una vez readmitido no tiene ninguna inmunidad especial ni nada. Lo pueden despedir de forma improcedente a no ser que seas representante sindical etc.

lakhesis

#42 Si consiguió un nulo ya tenía protección especial. De todos modos, haber denunciado a la empresa te da también protección.

dreierfahrer

#42 la cosa es q si ya ha habido una sentencia diciendo q le han intentado despedir saltandose sus derechos...

El demostrar q NO se le despide despues por la misma causa o por saltarse la sentecia q obliga a la reincorporacion para seguir despidiendole saltandose sus derechos redespidiendole de modo improcedente es bastante complicado y le corresponde al empresario...

A no ser q hayan cambiado la ley hace poco esto era asi siempre...

Suigetsu

#83 El tema es que si te despiden procedentemente como es el caso, después te pueden despedir de forma improcedente sin problemas.

lakhesis

#32 Parece ser que no, de ahí que haya conseguido un nulo.

ElTioPaco

#33 cierto pero mientras mareas y alargas te dedicas al artístico alzamiento de bienes, y cuando te llega la hora, no eres dueño de nada.

Este país es bastante laxo con los empresarios golfos.

anv

#33 En un caso que conozco la persona que debía responder a nivel personal resulta que no tenía bienes propios.

mefistófeles

"En este caso, la indemnización es significativamente superior a lo que la empresa debería haber abonado al trabajador en caso de haberle readmitido en su puesto de trabajo, poco más de 14.000 euros en concepto de salarios de tramitación. Por el contrario, el auto de extensión de la relación laboral conseguido por el bufete derivó en la elevada sanción referida. "

Jodó qué galimatías....

¿auto de extension de la relación laboral? ¿sanción? ¿pero es una indemnización al trabajador o una sanción a la empresa? Que no es lo mismo...además, suponiendo que sea al trabajador...¿indemnización por qué? ¿por no haberle readmitido? ¿o se está refiriendo a los salarios de tramitación? Porque si es indemnización por no haberle readmitido (que yo sepa eso no se contempla en la ley) aparte de esa cantidad ha de cobrar los salarios de tramitacion.

Menuda redacción penosa, la verdad.

H

#3 El corrector horrorgráfico les ha debido de jugar una mala pasada, es "auto de extinción". El juez constata que la empresa se ha pasado por el forro la sentencia y la obligación de readmitir al demandante, y le libera de volver a ese antro.

Con una indemnización muy superior, obviamente, que la empresa tendrá que pagar si no quiere que le embarguen la pasta.

Normalmente los contratos laborales se extinguen por otras causas, como lo que pasó en el hotel del Marqués de la Ensenada en Valladolid. El empresaurio se esfumó, y el juez tuvo que liberar a los trabajadores de sus contratos porque sin eso no podían acceder a prestaciones por desempleo. Ni siquiera podían buscar otro trabajo.

Spiritu

#3 la verdad que cualquiera se entera de algo....

Tiene pinta de que le han pagado los salarios hasta la segunda sentencia más la indemnización por despido improcedente y la cosa se queda en 60.000. Seguramente habrìa sido mucho menos si lo hubieran readmitido y despedido al día siguiente, en vez de montar el teatrillo de no dejarle pasar.

Recordemos que el despido en España es libre, simplemente hay que pagar la indemnización por despido improcedente y punto... Pero las empresas acaban haciendo de todo para ahorrarse la indemnización y pasar el despido por procedente.... Después no es para nada raro que acaben por gastar 3 o 4 veces lo que habrían gastado.

H

#13 Laboro también insiste mucho en eso. En España el despido es libre excepto para los pocos casos de protección contra despidos procedentes.

Con lo que si llega un despido, y no se está en uno de esos casos de blindaje, ya sólo se estará hablando de dinero.

Lamentablemente, lo de pagar 3 o 4 veces más no ocurre en despidos improcedentes. Se pagan los famosos 33 días por año, cualquier atraso, y como mucho los intereses legales que serán cuatro perras. Cosas de que Marihuano se cargase los salarios de tramitación para despidos improcedentes.

lakhesis

#13 El 1º despido fue nulo, así que era un trabajador protegido. Otro despido, otro nulo.

Peka

#25 Sucesión de empresas, tiene que pagar igual.

ElTioPaco

#28 lo que quiero decir con esto, es que nadie va a la cárcel por deber dinero y estos juicios se alargan tanto que puedes marear a la justicia décadas.

D

#29 A mi fueron casi 4 años..pero cobre. Y después o antes , entre cobrarlo y no, pues..me vino muy bien el dinerito...que de la otra manera 0 y se acostumbran.

LaInsistencia

#29 Hay una cosa maravillosa llamada "intereses de demora". ¿Que tarda cuatro años? Dejalo, que tarde cinco. Mientras esté en el juzgado, ya no corre plazos...

anv

#45 Como ya dijeron antes, se cierra la empresa y se abre otra y listo.
Conozco un caso (un bar) que lo transfirieron a otra persona. El dueño anterior no tenía nada a su nombre así que ni pagar ni embargar ni nada.

Xenófanes

#81 A ver, el abogado de la otra parte hizo cagada tras cagada y estuvo más o menos ese tiempo que dices. Además de que en Galicia hubo de por medio una huelga de casi seis meses en los juzgados por lo que la vista del incidente de readmisión que debería ser cuestión de días una vez admitida también se alargó varios meses. En este caso al ser una readmisión irregular se llevó todo: la indemnización y los salarios de tramitación.

ElTioPaco

No pagarán y fiesta.

e

#2 embargo.

ElTioPaco

#9 a quien? La empresa se ha disuelto y ha aparecido otra que hace lo mismo en la misma oficina. roll

D

#25 Sueldos de tramitación: pagamos todos, paga Fogasa.
O sea todos, incluido tú por este..por no ir tras él.
Pero eso no es problema del trabajador, es tuyo y mio por no exigir persecución a esta gente.
El- y muy bien hecho- con el dinerito caliente de el sinvergüenza, que a poder ser tendrá problemas en el registro mercantil, donde cada vez le será más difícil la jugada.

G

#28 así se libró un jefe mío. Lo denuncié a todos lados: en lo social por la pasta que me debía y que pagó la S.S. ( o sea, todos). En la policía, en la guardia civil...nada. el tío ahí en el Facebook en las Maldivas con su barco.

D

#35 LOs sueldos de tramitación te los paga Fogasa...no este tio...asi que esos tienes que cobrarlos.

lakhesis

#49 FOGASA te paga una mierda pinchada en un palo. No llega a los 8000€ en lo referido a importes de salarios pendientes (con la subida del SMI ahora será bastante más). De indemnización sí que paga más, pero como lleves bastantes años en la empresa pierdes dinero por todos lados. A parte de la barbaridad de tiempo que te toque esperar y de lo que te cueste tramitarlo... Vamos, una putada en toda regla.

D

#61 #30 Es una putada, pero yo cobre - mas salarios de tramitación o sea mientras se resolvía- el 85%...siempre es mejor que quedarte la cara de gilipollas y con una mano delante y otra detrás...

D

#25 Y esas cantidades si miran más el embargo...incluido bienes de la empresa, que por lo que dicen sigue activa...

anv

#30 Eso se soluciona fácil: se cierra la empresa un viernes y se abre un lunes como empresa nueva. Si no quieren pagar, tienen muchas formas de evitarlo.
A demás, aunque a ellos les cueste más dinero todavía, lo importante es dejar claro que si vas contra una empresa jamás saldrás ganando.

En el hipotético caso de que pudieras ganar, antes de que termine el juicio te ofrecen un jugoso acuerdo con la condición de que firmes un convenio de confidencialidad, así no le puedes decir a nadie que ganaste.

LaInsistencia

#25 Hombre, ahi ya entramos a las misiones secundarias del DLC. Se tendria que denunciar personalmente a los administradores por alzamiento de bienes y mala fe administrativa, aportando como pruebas tanto la desaparicion de la primera empresa como la creación de la segunda, cualquier prueba de traspaso de clientes/bienes/contratos de una empresa a la otra, etc. Bonus points si ha cambiado vinilos de vehiculos para "pasarlos de una empresa a la otra" y casualmente tienen la misma matricula, lo mismo no tiene nada para probar que una empresa vendió los vehiculos a la otra y nos reimos todos en el juicio...

chorche77

#25 Préguntale a Diaz Frerrán si funciona eso de cerrar una empresa para no pagar.

lakhesis

#25 Si los abogados apretaron tanto será porque tenían de dónde agarrar a la empresa, con que tengan el local en propiedad, ya están pillados. Muy patosos tienen que ser los abogados para dedicarle tanto esfuerzo a una demanda que iba a acabar en la nada.

f

La empresa en cuestión es un bazar chino cutre de polígono. El dueño no se presentó a la primera demanda, y no se presentó a esta.

D

#17 Pues va de culo para cobrar o embargar esa cantidad.

G

#17 tú no has visto los mercedacos de los cutrechinos del polígono Cobo Calleja.

D

Espero que el empresaurio se haya tragado el palillo por el susto.

Xenófanes

Pues conozco un caso de primera mano por un despido improcedente y por una suma mucho mayor.

Ovlak

#20 Piensa que aquí el despido ha sido nulo, así que además de cobrar esa suma tienen que readmitirlo en la empresa y volveria a cobrar otra indemnización por todo el tiempo (trabajado y no trabajado) que ha estado en ella cuando vuelva a ser despedido. Pero en todo caso en otro supuesto se puede cobrar más por el hecho de tener un mayor salario.

lakhesis

#20 Porque tendría un sueldazo de la leche. Este trabajador no parece que tuviera un gran sueldo, los salarios de tramitación eran 14000€ y la justicia es bastante lenta. No creo que en menos de 8 meses hayan conseguido conciliación, juicio y sentencia.

t

#55 A veces pasa. Yo he tenido un caso de este tipo hace poco en mi entorno, y el abogado nos dijo que había dos juzgados dedicados a estos temas: el de toda la vida, y uno que habían creado hacía poco. Que te tocase uno o el otro era aleatorio, pero con el viejuno las sentencias tardan 1,5-2 años, mientras que en el nuevo, que aún no lleva acumulado tanto retraso, en 4 meses lo tenías resuelto.

lakhesis

#68 Nos faltan muchos datos, pero ya me extraña que en 4 meses salga la conciliación por despido, juicio y sentencia. En ese hipotético caso ya estaríamos hablando de un señor sueldo de 3500€ al mes (pagas prorrateadas).

Xenófanes

#55 Pues su sueldo rondaba los 1.600.

lakhesis

#70 Pues no era muy alto, llevaría un mogollón de años en la empresa o tendría alguna indemnización extra de algún tipo.

Xenófanes

#73 Cobró el máximo por indemnización más los salarios de tramitación. Entiendo que la otra parte recurrió hasta el final y ahí se alargó.

lakhesis

#74 Sí, claro, pero no es lo mismo llevar 15 años en la empresa que 4 (sobre todo con la diferencia del tiempo que hayas trabajado previo a la reforma laboral). De todos modos, un despido improcedente no tiene salarios de tramitación, así que o era nulo, llevaba la de dios en la empresa o consiguió algún otro tipo de indemnización (como el caso de esta noticia).

Xenófanes

#75 En el despido improcedente hay salarios de tramitación si se opta por la readmisión. Lo que pasó en este caso (he consultado a mi amigo) es que lo readmitieron tácitamente pero después hubo una readmisión irregular por lo que los salarios de tramitación duraron hasta la vista por el incidente de readmisión.

lakhesis

#80 Pero si hay readmisión no hay indemnización, o sea para pagarle 60000€ solo de salarios de tramitación tuvo que estar 3 años sin trabajar. Es muchísimo tiempo

f

Y digo yo, si el empresario tuviera que responder con los bienes de sus familiares de 1 grado, se conseguiría algo?

D

no seri mas facil cerrar la empresa y a tomar por culo? esto se parece mucho al Toohey y el periodico "the banner" en el libro el manantial

D

Normal, ya hay que ser idiota para saltarte una resolución judicial.

#91 Son diferentes opiniones, no pasa nada, muchos paises no tienen salario minimo, y el salario minimo perjudica a los mas desfavorecidos y menos preparados, es una tabla rasa para todos, y por tanto nunca vas a contratar a gente menos capacitada, nueva, preparada, marginada, pero bueno, no lo digo yo, lo dice milton freedman por ejemplo:





ADEMAS esta muy bien razonado, si en ciertos puestos por lo que sea son mejores los hombres, nunca vas a contratar mujeres, para que? si les vas a pagar lo mismo??? lo razona con negros, que es mas sangrante todavia.

obmultimedia

aqui no cuentan el pastizal de los honorarios que se llevan este tipo de "bufetes".

D

#15 invita el empresario

t

#15 Para la mayoría de currantes que no pueden pagar de antemano, los abogados se llevan un porcentaje de la indemnización, cuando salga la sentencia. Como un 15-20%.

t

#59 Pero viendo que los salarios de tramitación han sido de apenas 14.000 eur, tiene pinta que hablamos de un salario bastante mierder, por lo que 33 días por año trabajado, con límite de 2 años, hubieran sido migajas. Es verdad que la empresa fue gilipollas integral de no hacerle un improcedente, y listos.

lakhesis

#69 La empresa no puede hacer un improcedente, tiene que hacer un objetivo o un disciplinario por motivos inventados (que casi siempre cuelan pq el trabajador no denuncia) y luego en la conciliación reconocer la improcedencia. Ese es el camino fácil.

A partir de ahí se complica si: el empresario sigue en sus trece y no acepta que es improcedente, entonces se va a juicio. O si el trabajador no está de acuerdo porque cree que puede conseguir un nulo o que se merece más indemnización.

En este caso el trabajador fue a por el nulo y lo consiguió, el gran error de la empresa fue creer que las resoluciones judiciales son opcionales.

#59 Creo que el despido deberia ser libre, pero eso se debe saber antes de contratarte, los despidos no pueden pasar a libre con los derechos adquiridos actuales, si tu has trabajado con derecho a indeminzacion, no se puede cambiar retroactivamente.

lakhesis

#85 ¿Por qué debería de ser libre? ¿Te parece que ya tenemso demasiados derechos a caso? ¿Que la mayoría de las multiacionales ganan poco dinero?

#89 porque creo en la libertad individual y en la capacidad de 2 personas a llegar al acuerdo que quieran; es una cuestion de concepto ultraliberal.
Nadie te pone una pistola para aceptar una condicion que no quieras.

lakhesis

#90 Paso de discutir con gente como tú, en serio. Me rindo.

Donpenerecto

Que se lo digan al amigo policía de spiriman

socialwillians

No aplica para Huawei jaja

J

no explican el motivo del despido y por que fue improcedente, pero entiendo que lo mejor hubiera sido despido con indemnizacion y listo, se paga lo que se tiene derecho, no veo el problema para el empresario, 33 dias al año es razonable, yo creo que deberia ser menos, pero bueno, es razonable.

lakhesis

#43 Una empresa ha sido condenada a pagar un total de 60.747,12 euros a un trabajador por no reincorporarle a su puesto de trabajo tras un despido nulo.

Dato importante: Despido nulo.

¿Y menos? ¿Crees que debería ser menos? ¿En serio?