Hace 4 años | Por ciriaquitas a elperiodico.com
Publicado hace 4 años por ciriaquitas a elperiodico.com

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 15 años de cárcel a un neonazi que confesó haber matado a un homosexual con el que había concertado una cita en la localidad de Montgat en el año 2000 y cuyo caso se resolvió prácticamente dos décadas después. El magistrado que presidió el juicio con jurado impone esta pena a Cristian A. por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y discriminación por razón de orientación sexual de la víctima, el ecuatoriano V.A.V., ya que era homosexual. El procesado admitió el crimen.

Comentarios

kmon

#1 he pensado lo mismo, pero también llama neonazi a la persona asesina por neonazi, así que probablemente sea un burro, periodista burro quiero decir

ciriaquitas

#1 Eso díselo a los de "El Periódico". Intento no cambiar ni una coma de los artículos para que no me acusen de microblogging.

#3 Yo las veo mas bien como relacionadas.

tiopio

Poco a me parecen.

Tiño

#12 pues este en concreto ha tenido ya unos añitos desde que se hizo la cuenta... asumiendo que no estuviera por aquí antes.

D

#21 ya lo has dicho en #3 y creo que lo hemos entendido.

D

Tendrá que tener cuidado con la pastilla de jabón.

Qevmers

Y para estos lo de la prisión permanente revisable ni se lo plantean?
Justicia?
Españistan en estado puro, nada nuevo cara al sol.

D

#2 No aplica. El delito es del año 2000.

Qevmers

#4 #5 y si fuera el hecho de ayer...
Alguien se cree que lo aplicarían?
Que es compañero coño...

D

#6 No estoy seguro. Pero creo que si aplicaría.

#2 Las leyes no se aplican retroactivamente.

Tiño

#2 ¿Te has planteado alguna vez informarte antes de despotricar?

Código penal:
"Artículo 140

1. El asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1.ª Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
2.ª Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.
3.ª Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.
2. Al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas se le impondrá una pena de prisión permanente revisable. En este caso, será de aplicación lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 78 bis y en la letra b) del apartado 2 del mismo artículo."

Si no está en el tipo, no se le puede condenar a permanente revisable. No habrá habido delito contra la libertad sexual y tampoco formará parte de una organización criminal (lo único que se sabe es que supuestamente es neonazi).

mefistófeles

#11 No, no piensan, sacan su frasecita aprendida a la mínima para sacar pecho de lo intelectuales y modernos que son.

Ya madurarán, es sólo cuestión de tiempo para ellos...y de paciencia para el resto

Qevmers

#11 no se sabe pirque cometió el crimen?
Igual lo hizo porque era pelirrojo...
Lo de neonazi no es pertenencia a grupo criminal, coño que esos son compañeros...

Tiño

#13 Si te declaras neonazi pero no eres miembro activo de bandas condenadas por organización criminal, rollo Blood and Honor (me suena) y cosas así, resulta que *no perteneces a organización criminal* oh sorpresa sorpresa. Lo dicho, que a veces merece la pena salir de casa con el cerebro puesto.

Qevmers

#14 si lo entiendo... que son compañeros coño...
En cambio llevas una camiseta proclamando que te gustan los gatitos y por eso te detienen...
Normal en esta Españistan que nos han creado, lógico y normal...

Tiño

#13 El negativo por insinuar que frecuento esa clase de compañías.

Qevmers

#16 pero usted es así? O simplemente se lo hace...
Que he insinuado yo de usted?

NoPracticante

Que barato sale matar según quien.

D

#9 es que es compañero...