@natrix@Dadelmo Pues sensacionalista por muchos motivos. Rajoy está en excedencia, ahora mismo pinta poco en el Registro. En Santa Pola sólo funciona un registro, el segundo era una demarcación prevista hace unos años, sin adjuciar, y actualmente a todas luces innecesaria. Se han anulado otros registros pendientes de adjudicación, dentro de un plan global de reestructuración del sector.
@rar Todo eso ya lo reconocí. Te falta explicar por qué no siguen el procedimiento ordinario, que es lo que hace que legislen para ellos y no según las necesidades.
[Hablo desde la ignorancia de procedimientos, es la acusación que hace el medio.]
@natrix@Dadelmo El procedimiento podrá ser, o no, discutible. Pero no hay visos de querer favorecer a nadie, los registros que se han anulado NO estaban adjudicados, en los Registros que están funcionando, los ingresos han bajado tanto que hacen difícil el mantener los puestos de trabajo(los trabajadores cobran por variables). Se está procediendo a un reordenamiento del sector (que atañe también a los Registros Civiles).
Algo muy parecido a los que se hizo hace años con los Corredores de Comercio y los Notarios.
De ahí a decir que Rajoy ordena a Garzón un decreto, va un trecho largo de ... sensacionalismo barato.
2. Busca poblaciones con dos registros. Benalmádena, por ejemplo, 65.000 habitantes, dos registros. Alcobendas, 110.000 habitantes, dos registros. Si te los vas mirando, verás que en la mayoría de casos hay una proporción constante entre el número de habitantes y el número de registradores. En alguns casos concretos no es así, pero deberíamos entrar a debatir si son zonasw donde haya un importante núcleo industrial, turismo, etc.
4. Debería ser obvio, pero si el comercio de inmuebles ha bajado tanto (prueba de ello es que parte de los nuevos registros de 2007 siga sin titular), es normal que sean necesarios menos registradores.
@elwing@natrix@Dadelmo Pero es que no se reducen los registradores, se anulan concesiones SIN adjudicar: (de tu enlace)
Se trata de Registros cuya definitiva formación, además, no se ha producido todavía,
al no haber sido adjudicados en el correspondiente concurso a ningún Registrador titular;
dado que, de conformidad con el artículo 490 del Reglamento Hipotecario, «en los
supuestos de creación de un Registro por división o segregación de otro, su efectividad
no tendrá lugar hasta que tome posesión el nombrado en propiedad».
@elwing Vale, eso está entendido.
Ahora queda explicar estos párrafos de la noticia: dicha orden ministerial ha suprimido decenas de registros de la propiedad sin seguir los trámites de demarcación registral que ordena la Ley Hipotecaria y por tanto “sin recabar los informes necesarios de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.
¿Por qué no se sigue el procedimiento y deciden qué puestos se dejan o se quitan de acuerdo al procedimiento?
podrían haber seguido el procedimiento y nadie podría decir nada.
Y este otro: Por último, para culminar este proceso auspiciado desde el lobby registral, el Consejo de Ministros aprobará un nuevo arancel registral que multiplica por 15 las ganancias de los registradores.
¿Por qué se ponen aranceles nuevos?
Es posible que conviniera una reforma; pero por higiene democrática, que se reforme de acuerdo al procedimiento.
Lo del procedimiento es otra 'manipulación' del texto. Normalmente, un registro se suprime si la comunidad o población informa al Ministerio de que ese registro ya no es necesario (por las razones que sean).
Pero en este caso son Registros que no han llegado a estar activos. Que todavía están 'en concurso', por decirlo de algún modo.
Dicho de otro modo:
- En 2007 prevees una necesidad, y abres un concurso para una serie de nuevos registros.
- En 20013 ves que esos registros no eran necesarios, y no se ha presentado nadie para ocuparlos.
Luego, los eliminas. ¿Es necesario esperar a que cada comunidad autónoma te informe de la innecesariedad de tal o cuál registro? Pues habrá quién crea que debería haberse hecho uno a uno. Yo no lo creo así.
Pero de aquí a afirmar que se saca la orden saltándose la consulta para que Rajoy cobre más de una mierda de municipio (con perdón) de 30.000 habitantes...
Entiendo lo que comentas de saltars eel procedimiento, pero no soy un experto en legislación sobre los registros, por eso mencionaba que había que tener cuidado: no podemos poner en la misma categoría el procedimiento para eliminar (o crear) registros ya existentes con el seguido para eliminar registros que no han sido siquiera ocupados.