@Cloud_Strife, la prisión preventiva en casos de violencia de género está regulada en la LECr, artículo 503.3.c
"Evitar que el imputado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima, especialmente cuando ésta sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2 del Código Penal. En estos casos no será aplicable el límite que respecto de la pena establece el ordinal 1 de este apartado." noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.l2t6.html
@Cloud_Strife, digamos que la mía es la respuesta que ofrecen los organismos oficiales cuando preguntas como ciudadano: ¿Puede decretarse prisión provisional para el agresor en caso de violencia de género?
@Cloud_Strife, no, esos son los casos específicos por violencia de género según la Junta de Andalucía. Supongo que el resto de casos de prisión preventiva serán generales, como en otro tipo de denuncias.