Necesito ayuda.
Sé que tengo obligación de comunicarlo a la policía si tengo conocimiento de que alguien comete un delito.
¿También debo denunciar si tengo constancia de la comisión de una falta?
Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano
CAPITULO VI. Protección de mobiliario urbano
Artículo 217 .
d) Fuentes
(...)
En las fuentes decorativas, surtidores, bocas de riego, etc., no se permitirá beber, utilizar el agua de las
mismas, bañarse o introducirse en sus aguas, practicar juegos, así como toda manipulación de sus
elementos.
@natrix Hay que denunciar, que ya está bien de que se pasen por el forro la protección de mobiliario urbano y si este es además un monumento, con más razón.
@natrix !! Que no ¡¡ que cuando hay cámaras es todo muy gracioso, queda super super divertido con la música de Benny Hill que le han puesto de fondo. Olé por ella y por España.
@natrix Si tienes pruebas, hazlo. Yo hace 15 días denuncié a unos chavales en mi plaza por vandalismo: estuvieron pintando con grafitis todos los bancos nuevos recién limpios y pintados. Vino la policia y multa al canto.
Sé que tengo obligación de comunicarlo a la policía si tengo conocimiento de que alguien comete un delito.
¿También debo denunciar si tengo constancia de la comisión de una falta?
Porque en "Reportera de Intereconomía se baña en la fuente de Colón con la camiseta de España"
www.meneame.net/story/reportera-intereconomia-bana-fuente-colon-camise
Incumple la normativa de medio ambiente:
Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano
CAPITULO VI. Protección de mobiliario urbano
Artículo 217 .
d) Fuentes
(...)
En las fuentes decorativas, surtidores, bocas de riego, etc., no se permitirá beber, utilizar el agua de las
mismas, bañarse o introducirse en sus aguas, practicar juegos, así como toda manipulación de sus
elementos.
Gracias de antefuente.