1. KALIKRATES @Alecto
    Mi opinión va por lo siguiente: (digo lo que opino que debería haber, no lo que hay, que no sé si son 40, pero son mogollón)
    -Indefinido a tiempo completo
    -Indefinido a tiempo parcial
    -Temporal a tiempo completo
    -Temporal a tiempo parcial.
    La causa del contrato, o los motivos que permitan o justifiquen su extinción, o la indemnización que conlleve, pueden estar previstos en la Ley, pero no veo necesario hacer un modelo de contrato para cada uno de estos detalles. Lo que pasa es que supongo que la multiplicidad de modelos facilita la codificación a los servicios de empleo.
    Por otro lado estoy de acuerdo en que en España el despido es libre, pero caro en opinión de quien lo paga.
    votos: 3  karma: 39  link
    el 07-02-2012 19:47 UTC por KALIKRATES (web)
 twitter  facebook  tuenti  
  1. Alecto @KALIKRATES Pues mi propuesta es la siguiente. Tipo de contrato único con:
    - Mismas cotizaciones sociales y requerimientos legales varios
    - Indefinido (sin límite =! fijo). A empresa que despide mucho anualmente, recargo en las cotizaciones
    - Indemnización por despido creciente con un límite que se irá depositando anualmente en un fondo (si el despido es culpa del trabajador, se lleva una mínima parte, si es voluntario la mitad, si es despido todo)
    - El contrato especifica el número de horas semanales, igual que hace con el sueldo o lo que sea, lo cual no obliga a que haya un tipo de contrato diferente
    - Despido con causas claras y fijas, que no acaben todos en el juzgado (disciplinarias, económicas, fin de la tarea para la que se ha hecho el contrato, lo que sea)
    - Baja por maternidad de 3 meses y baja por paternidad de 3 meses. Obligatorias para ambos en primera fase.
    - Ayuda a quien contrate discapacitados, a posteriori, creciente según le duren
    votos: 4  karma: 47  link
    el 07-02-2012 20:02 UTC por Alecto (web)

menéame