Hace 5 años | Por PasaPollo
Publicado hace 5 años por PasaPollo

Comentarios

PasaPollo

#1 Las que tú tienes, salá

c

#20 me encanta el razonamiento basado en un "es posible".

A ver para cuando una ley contra la violencia inmigrante que los juzgue de manera distinta que a los españoles, me gustaría ver como defendéis que no es discriminatoria

b

#20 Eso es como si se aplicara la misma ley a las mujeres, no habría por qué escandalizarse. Lo que debe hacer la mujer es no maltratar a su pareja, como además esto ocurre, al menos hasta un límite letal, en menos ocasiones, pues simplemente ninguna mujer debería agraviarse en modo alguno.

neotobarra2

#26 Creo que a quien querías responder es a #20, aunque viendo tu poca capacidad de raciocinio lo mismo hasta te estás respondiendo a ti mismo a propósito.

kurroman

#20 Se ve que hay gente que no es capaz de vivir pensando que si un día le da por moler a palos a su esposa le van a someter a un juicio por violencia de género.

Creo que mas bien es por la posibilidad de ir al calabozo el fin de semana sin haber hecho nada.

laguerrillasilenciosa

#22 No sé por dónde das el salto para pasar de lo que tú mismo citas de la ley, que dice claramente "agresores", no "hombres".

#18

c

#60 Me perdí, no te sigo, pero la ley limita explícitamente el papel de agresor a los hombres.

#92
Has citado esto:
Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión.

Y después dices esto:
Es decir que los hombres son culpables (más adelante en la ley queda claro que sólo los hombres)

A ese salto me refiero.

#181 Hasta donde entiendo, tanto el voto particular como el "igualitarismo" anti LIVG, lo que niegan es el propio fundamento de la ley. Si no admites la abrumadora evidencia sobre la situación de vulnerabilidad de la mujer en la sociedad, no hay discusión posible. En un contexto donde la mujer no fuera vulnerable por el hecho de serlo, la ley sería discriminatoria. Sin embargo, la realidad es la que es. Llámalo paternalismo, llámalo rodaballo al horno. Existe una situación de desigualdad que, por justicia, debe revertirse.

Lo que yo le discutía a #60 es que la ley vaya contra los hombres. La ley va contra hombres agresores. Ningún hombre que no sea agresor debe sentirse aludido, que es lo que hace él.

D

#187 NO TE HAS leido los votos particulares, hay varios, todos usan razones parecidas, pero no son iguales. Uno es porque presuponer que toda agresion ocasional es por machismo, es una aberracion en toda regla, cuando las agresiones o actos violentos pueden ser por 100 razones diferentes, informate un poco:
https://evolucionyneurociencias.blogspot.com/2018/05/el-paradigma-de-genero-no-explica-la.html
Aparte, lo de la vulnerabilidad en la sociedad de la mujer por defecto en el 100x100 de los casos es una aberracion tan absurda, que es perjudicial para las mujeres, si tu mismo admites que son inferiores y siempre vulnerables les estas haciendo un desfavor, tener una mujer en un puesto o donde sea es como tener un niño, verdad? eso estas diciendo? necesitan proteccion especial como los niños?
"Lo que yo le discutía a #60 es que la ley vaya contra los hombres. La ley va contra hombres agresores. Ningún hombre que no sea agresor debe sentirse aludido, que es lo que hace él."
Cambia hombre por gitano, y ya te salen las cuentas y lo entenderas, la ley no iria contra los gitanos, sino contra los gitanos agresores.
Y respecto a la vulnerabilidad, te remito a este link mio de otro comentario:
reflexion-sobre-8m-escrita-sin-lenguaje-inclusivo/c058#c-58

D

#18 y para salvar el hecho de que a los maltratadores homosexuales varones no se les condena por vg ¿no vale establecer que es un tribunal de excepción por el hecho de ser hombre y heterosexuales?

PasaPollo

#23 He dado los argumentos míos y doctrinales de por qué no es un tribunal de excepción en el cuerpo del artículo. Eso que he dicho de que no se condena a homosexuales por VG era para debatir la teoría de la conspiración de mi interlocutor.

LLort_II

#5 Tenía entendido que "violencia de género" sólo aplica en el caso de hombre a mujer. No entiendo entonces cómo una mujer pueda ser condenada por violencia de género en ningún caso ... ?

Ze7eN

#77 Lo explica el artículo muy bien.

LLort_II

#90 Entonces este otro artículo es mentira, claro:

https://amp.europapress.es/sociedad/noticia-violencia-genero-espana-no-20161125180155.html

Porque dice textualmente que la violencia de género en España es: "como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia. Con esta definición, se considera solo víctimas de la violencia de género a las mujeres que sufran algún tipo de agresión por parte de un hombre con el que tengan o hayan tenido algún tipo de relación sentimental".

Y claro, esto también debe ser mentira:

https://www.elimparcial.es/mvc/amp/noticia/197343/

Entonces, repito mi pregunta de #77. A ver si alguien me lo explica y no me manda a leer, que vengo leído de casa.

D

#26 Strike

b

#26 Concuerdo con tus puntos, no es necesario maltratar a la pareja para que te manden al talego y pierdas posteriormente el contacto con tus hijos. Es más, desafortunadamente existen y conozco bastantes casos.

Y tampoco comprendo esa ley que se aplique por "por cantidad", desde ese punto de vista y por mucho que suene racista, agresiones por parte de extranjeros son mayoría (en porcentaje no en cantidad) en torno a 4-1 con los de nacionalidad española, ¿presentamos una ley específica para atajar esta lacra? Tengo la impresión que a más de uno le tacharían de racista... como mínimo.

Y a mí este párrafo me rechina hasta dejarme sordo:
"La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión."

¿Alguien puede explicarme eso del "símbolo más brutal de desigualdad existente en nuestra socidad" y aplicarlo al 100% en todos los casos a un sexo? Podría aceptarlo en Arabia Saudí, ¿pero en España?
Esa violencia "que se dirige a las mujeres por el mero hecho de serlo" y el resto del párrafo dudo que fuera aceptado por cualquier experto en criminología o victimología. Sólo hay que revisar estudios de violencia bidireccional.

De hecho si así fuera creo que el número de muertas en España sería mucho más elevada por parte de hombre y sin embargo, si revisamos las estadísticas, el hombre ejerce violencia sobre sí mismo (suicidio) 2500 casos al año, muerte sobre otro varón en torno a 200, y muerte sobre la mujer unas 100 (sumando pareja y no-pareja). No veo esa discriminación tan brutal ni ninguna preferencia por ejercer violencia sobre la mujer, más bien sobre sí mismo y su propio género.

Adson

¡Planchanazis!

PasaPollo

#2 Me lo voy a apropiar para definir a aquellos que nos llueven hostias de todas partes. Me he partido el culo. Femibragas es más confuso y hasta redundante.

L

#2 #66 En este artículo toca que te llamemos planchabragas; lo de marichulo opresor lo dejamos para cuando des tu opinión al respecto y empieces a sacar los fallos que tú le ves a todo esto (es en realidad donde vamos ¿verdad?).
Entonces quienes hoy te discuten por desbaratarles sus conspiranoias, te llevarán en volandas por dejar a las feminazis con el culo al aire, y algunos de quienes te dan las gracias por eliminar las tonterías del debate te dirán lo de que tú antes molabas.
Espero equivocarme.

No te desanimes, también habrá gente que aprenda cosas por el camino... aunque sea a retorcer nuevos argumentos para seguir en su postura.


Lo estás exponiendo de manera impecable y muy didáctica. Tu aportación es muy valiosa. Pero no somos racionales con este tema.
Aún así, personalmente estaré encantada de que termines la serie.

c

#25 En efecto, basta con cambiar eso para que la cosa chirrie. Lo interesante es por qué no chirria tanto cuando no se hace tal cambiazo. El por qué las mujeres son especiales.

Las mujeres son especiales. Lo son porque estamos hechos así. Somos el resultado de nuestra evolución y está claro que proteger a las mujeres es mucho más útil para un grupo humano que desee sobrevivir que el proteger a los hombres.

Luego tenemos el instinto de proteger a las mujeres. Esto es un hecho. En consecuencia cuando oímos algún argumento sobre hombres y mujeres le aplicamos instintivamente esa distinción.

El feminismo usa de esta distinción para conseguir que sus propuestas, totalmente inaceptables, sean escuchadas como más aceptables.

Nos están hackeando.

D

#27 "Las mujeres son especiales."

Bueno, solo hay hombres y mujeres, por lo tanto si las mujeres son "especiales", los hombres también.

c

#29 No te entiendo mucho. Las mujeres deben ser más protegidas que los hombres es la afirmación y que eso es genético en todos nosotros.

D

#31 Si las mujeres son "especiales" porque deben ser muy protegidas, los hombres son "especiales" porque deben ser poco protegidos. Cuando solo hay dos grupos, no puede haber uno "especial" sin que el otro sea también "especial" por las razones contrarias.

Ainhoa_96

#27 Eso es sexista.

D

#25 aún puedes hacerlo chirriar más llamándolos "juzgados de violencia sobre los arios"

En países como EEUU los negros estadísticamente comenten más crímenesnasi que podrían crearse estos juzgados y poner condenas más altas a los asesinos negros que a los blancos.

Seguro que sería un exito

neotobarra2

#25 Un Juzgado de Violencia sobre los Blancos podría tener mucho sentido en una sociedad en la que existiera un problema serio y específico de violencia sobre los blancos por el hecho de ser blancos que, por esas características propias, permite e incluso exige una especialización en el mismo para tratar mejor dichos casos y no mezclarlos con los que no se corresponden con esa problemática concreta.

NotVizzini

"No puedo ser un feminazi y a la vez un machista."

Yo creo que si puedes ser ambas, es más, diria que todos los feminazis son machistas.

voy a leer el resto

D

#68 "DIGO LO QUE ES. LO QUE DICE LA LEY. No si esa ley es buena. No si esa ley ha de ser cambiada. LO QUE ESA LEY ES."

y por que??? por que es incompatible todo eso que dices, y que te compro (es decir, que solo haces y explicas lo que dice la ley), con dar una opinion personal?????

"En el artículo anterior tuve uno igual. Siempre tiene que salir alguien."
me parece muy curioso que alguien se pegue tochos sobre un tema Y NO TENGA UNA OPINION sobre el tema, bastante curioso....

por cierto, el del otro hilo era yo tambien, que me baneaban las cuentas, ya estoy con la original que ya no me van a banear mas.
Me sigue pareciendo curioso que no tengas opinion al respecto, y que veas incompatible dar una opinion con exponer unos hechos.


"Respecto a lo de ley de autor... Depende de cómo lo interpretes. ¿Es ley de autor la que regula el magnicidio? ¿Aquella que pena con más gravedad las hechas por funcionarios en ejercicio? Creo que eso responde a tu tercera pregunta. Las agravantes en función de la víctima o el victimario son frecuentes en nuestra norma."

AHI por ejemplo das tu opinion velada, y ademas, manipulando, el magnicidio no es delito de autor, los agravantes por la victima se pueden entender, pero por el agresor?????? eso es el delito de autor, que cambie la pena en funcion DEL AUTOR.

"violencia-genero-ii-juzgados-violencia-sobre-mujer-orden-penal/c050#c-50"

Es como dar una opinion neutra sobre las leyes nazis, y decir al final "no descarto dar mi opinion, pero no quiero de momento opinar sobre las leyes nazis, no vaya a ser que alguien lo malinterprete...."


POR SI ACASO, como yo suelo acertar, copio y guardo por si das tu opinion "TU ESTAS EN EL CARRO de los que compran el argumentario de la ideologia de genero"

PasaPollo

#70 Porque hay muchos sitios donde puedes discutirlo. Porque hay muy pocos que expliquen esto sin dar su opinión de mierda. Porque quiero ser divulgativo, no de opinión. Y porque es lo artículo y me lo follo cuando quiero

D

#71 POR SI ACASO, como yo suelo acertar, copio y guardo por si das tu opinion "TU ESTAS EN EL CARRO de los que compran el argumentario de la ideologia de genero"

esperaremos "al final".

D

#73 PUES NO, no te veo criticando la LIVG, hazme el copia y pega porque no lo veo.
ESPERAMOS "al final" , no te tengo prisa.
Solo una cosa mas que no me has contestado:
"Respecto a lo de ley de autor... Depende de cómo lo interpretes. ¿Es ley de autor la que regula el magnicidio? ¿Aquella que pena con más gravedad las hechas por funcionarios en ejercicio? Creo que eso responde a tu tercera pregunta. Las agravantes en función de la víctima o el victimario son frecuentes en nuestra norma."

AHI por ejemplo das tu opinion velada, y ademas, manipulando, el magnicidio no es delito de autor, los agravantes por la victima se pueden entender, pero por el agresor?????? eso es el delito de autor, que cambie la pena en funcion DEL AUTOR.

D

#76 "pd: Mira lo que cambian las penas si el autor es terrorista, por ejemplo."
LAS PENAS no cambian si el autor es "terrorista" cambian si EL ACTO ES TERRORISMO!!!! bin laden mata a su mujer y no es un acto de terrorismo, aunque bin laden sea terrorista, ademas, terrorista pueden ser los hombres y las mujeres, no solo los hombres.
" No has comprendido el objetivo de este artículo ni de lo que pretendo hacer, que es darte armas para criticar o defender con fundamento; a ti y a todos."
TU MISMO HAS dicho que igual das tu opinion, fuiste tu quien lo dijo, asi que me espero, no tengo prisa.
"Has dicho ideología de género. No LIVG. No cambies ahora."
la LIVG es ideologia de genero en estado puro, pero da igual el debate, ME ESPERO A TU OPINION al final de los articulos, pq es absurdo criticar algo si no se si estas a favor o en contra, ya si al final das tu opinion (que lo dudo), entramos. TENGO mucha informacion y links para desmontarte toda tu ideologia de genero, y puede ser divertido.

c

#78 te pierden las formas pero tienes bastante razón en lo que dices

D

#76 ahhh

"Por último, y escarmentado por el artículo anterior, antes de llamarme machirulo o planchabragas poneos de acuerdo en los insultos. No puedo ser un feminazi y a la vez un machista. Sugiero que creéis un foro paralelo para acordar de qué bando estoy en la estúpida guerra de sexos y luego os cisquéis en mis muertos con propiedad"

menudo nivel el de meneame si alguien no es capaz de darse cuenta o entender de qué bando estás, o quizás eres un ideólogo de género "huérfano"??? quien sabe...."al final" nos enteraremos.

J

#73 Un sectario criticando a otro de sectario, lo hay que ver en meneame.

Varlak

#72 JAJAJJAJAJJA QUE SUELE ACERTAR DICE!!!!

D

#71 ahh y otra cosa, no te pudiste leer el articulo que he linkado antes, al menos leertelo bien, linka a muchos estudios muy largos y complejos y son muchas horas, pero bueno, te compro que al menos algo te has leido....

D

#63 ya te he dado links, leete este si quieres, es un poco largo, pero para alguien que escribe, le interesan los hechos y tiene interes, se lee en 15min, 1hora si quieres profundizar en los links que a su vez da el articulo (sobre los estudios por ejemplo):
https://evolucionyneurociencias.blogspot.com/2018/05/el-paradigma-de-genero-no-explica-la.html

NO ES LO MISMO Que un TC diga que algo es constitucional por 12 a 0, que por 7 a 5, y menos si viene de una ley aprobada por 320 de 320 votos posibles, ESO AL MENOS daria para pensarselo.
Pero cuando alguien tiene ideas preconcebidas en la cabeza, da igual, no te las van a poder sacar por mucha ciencia, datos y demostraciones que te pongan.

PasaPollo

#13 ¯_(ツ)_/¯ Vale

D

Que currazo #0 sigue así

Jesus_Lafuente

Que bien q haya un foro como este en el q se discutan cosas como estas. Hay mucho esfuerzo aquí.

PasaPollo

#42 Gracias, hombre. A ver si consigo llegar a un cierto número de suscriptores ydseijodseijo me sigue manteniendo mi Menéame Premium gratis.

T

De acuerdo a la explicación que das, claro que mi especialidad no son los temas legales, no veo por qué afirmas tajantemente que los JVM no son tribunales de excepción.

Veo también las siguientes explicaciones que das en los comentarios y sigo sin estar de acuerdo.

Esos juzgados están para juzgar exclusivamente a varones heterosexuales (antes de que digas nada, podríamos hablar de lo humano y lo divino acerca de si un tio que se relaciona con una transexual sigue siendo hetero, pero es un lío bonito. Lo resumiré, no de manera categórica, que si te estás beneficiando a un ser que la ley considera mujer, entonces eres hetero. Repito, no de manera categórica) después de cometer supuestos hechos.

Sin embargo si eres homosexual no.

Estaremos de acuerdo, quiero pensar, en que al menos lleva a un código penal de autor, que lleva a un juzgado y a unas posibles penas en función no sólo de tu sexo sino también de tu tendencia sexual y, ya para rematarla, del sexo de la víctima. Es que no podía ser más discriminatoria esta ley. Vamos, sí podría pero tal como está ya es de nota.

Se me ocurre que podría haber una ley de violencia de la homosexualidad, en la que se castigasen más los crímenes cometidos contra homosexuales "por el mero hecho de serlo". Esto llevaría a que las propias parejas de homosexuales, en caso de pelea o similar, serían juzgadas también por ello, dándose el caso de que se juzgaría a homosexuales por discriminación a homosexuales por el mero hecho de serlo, aún cuando son pareja. Esto es ridículo en sí, y no es que sea menos ridícula la LIVG.

Y, por último, y tal y como el T.S. ha dejado claro cristalino en una sentencia reciente, la ley indica que toda agresión dentro de esa definición es, automáticamente, por machismo, aún cuando sea en defensa propia.

Eso ya es el absurdo, el surrealismo, la indefensión máxima. Y no sigo que me caliento.

No hace falta que contestes. Imagino que me repetirás lo que has dicho a otros y, para eso, ahórrate el esfuerzo. Ya bastante curre has hecho.

Saludos.

PasaPollo

#36 Tengo que aclarar una cosa: como este artículo es de sein y no de sollen, soy tajante en que no son tribunales de excepción porque legal y jurídicamente (sein) no están considerados así. Eso no es que esté yo de acuerdo o no (lo estoy, pero es secundario) sino si están de acuerdo los que mandan.

b

#36 Y, por último, y tal y como el T.S. ha dejado claro cristalino en una sentencia reciente, la ley indica que toda agresión dentro de esa definición es, automáticamente, por machismo, aún cuando sea en defensa propia.

Lo cual es una tremenda injusticia, y que además no se basa en la realidad. Las motivaciones de golpear no siempre se basan en conductas machistas, y no lo digo yo, lo dice cualquier experto en victimología, pero nos la meten doblada. Parece que quieran ahorrarse el trabajo de juzgar el caso de manera individual y meterlos a todos en el mismo saco.

Si eres hombre hetero y pegas a a una mujer eres automáticamen machista, si pega una mujer a un hombre es por múltiples y diferentes motivos, si pega un hombre homosexual también, etc. Bonita vara de medir.

A mí toda ley que se base en generalizaciones me parece injusta.

PasaPollo

#46 No, no lo cambié. Puedes ver mi historial de edición. Desde el principio expliqué no sólo que se define por tribunal ad hoc, sino el párrafo que te acabo de enseñar. No creo que esté moviendo nada, sino que tú has hecho, sin acritud, cherry picking en una característica, obviando las otras, que consideraste defendía tu postura.

c

#48 No hablaba de ninguna edición. A veces es difícil hacerse entender.

PasaPollo

#55 No te he entendido entonces, mis disculpas.

mikeoptiko

#52 Has dado en el clavo. Lo de ser un ofendido y pielfina lo he visto siempre un ejercicio de egoismo, falta de empatía y asertividad. Para muchos, ofenderse por algo es como izar una bandera de justos, pero lo que pasa en realidad es ser un poser que busca que los que defienden esa lucha lo miren como "uno de los suyos", ergo, pertenencia a un grupo.

Siempre dije que no discutas con alguien que no piensa como tú si no estás dispuesto a ceder tu opinión si encuentras que la lógica te abandona. Por lo que es muy complicado encontrar con quién discutir, lo que se hace siempre es un enfrentamiento con barreras autoimpuestas.

PasaPollo

#53 Bravo. Me caes bien. Creo que el ofendidismo viene de alguien que se considera, en el fondo, el centro del mundo. "Esto que ha dicho esta persona a millones de personas me afecta y debe eliminarlo porque me ofende"

Los hay de todos los pelajes y todo espectro político.

eldarel

#54 Me parecería muy curioso ver en Menéame un concurso en el que hubiera un par de voluntarios/paladines por cada extremo de opiniones en un hilo y reescribir comentarios de otros usuarios de forma asertiva.
roll

Desty

Cuánto subnormal votando negativo. Muy buen artículo.

D

Yo no entiendo porqué votan negativo. No sé si es la gente que está en contra (por no constituir el artículo una crítica feroz) o la gente que está a favor (en cuyo caso es incomprensible).

PasaPollo

#64 Con respecto a la motivación, lo tienes explicado en el primer artículo (violencia-genero-i-introduccion). Hay dos teorías, pero la dominante y que ha seguido el TS en esta polémica sentencia reciente, y me cito "Si se da que han tenido una relación de afectividad, y la víctima es mujer y el agresor es hombre, a+b=c. Esta doctrina entiende que no es necesario que el hombre a sabiendas intente discriminar, sino que tal vez lo tenga interiorizado como algo natural fruto de una educación machista. Esta doctrina es ya jurisprudencia. Tanto el Tribunal Constitucional (STC 59/2008) como el Supremo (STSS 23/05/06; 25/1/08; 24/11/09…) no exigen ningún “ánimo de dominación”, estableciendo que es violencia de género en tanto que se dan los requisitos objetivos, sin que entren en juego los subjetivos."

Respecto a lo de ley de autor... Depende de cómo lo interpretes. ¿Es ley de autor la que regula el magnicidio? ¿Aquella que pena con más gravedad las hechas por funcionarios en ejercicio? Creo que eso responde a tu tercera pregunta. Las agravantes en función de la víctima o el victimario son frecuentes en nuestra norma.

D

#65 "Esta doctrina entiende que no es necesario que el hombre a sabiendas intente discriminar, sino que tal vez lo tenga interiorizado como algo natural fruto de una educación machista. "

No había reparado en esa frase al leer el artículo original, pero ahora me ha rechinado. He leído por encima la sentencia del TS y no he visto esa interpretación.

Lo que se transmite en la sentencia es que siempre es machista, incluso aunque esté acreditado que el autor no es machista (e incluso especifica que incluso si no hay desequilibrio emocional o físico -entendido contra la mujer, pero que abarca ambos-). "Lo básico es el contexto sociológico de desequilibrio en las relaciones: eso es lo que el legislador quiere prevenir; y lo que se sanciona más gravemente aunque el autor tenga unas acreditadas convicciones sobre la esencial igualdad entre varón y mujer o en el caso concreto no puede hablarse de desequilibrio físico o emocional."

Por lo tanto no tengo muy claro que esa frase del artículo anterior sea correcta.

PasaPollo

#93 Hm, juraría que lo es. La STS polémica habla de que sólo se necesitan los elementos objetivos. Ten en cuenta que escribo mis artículos en el lenguaje más claro posible.

J

#65 Muchas gracias por la respuesta. Ese "tal vez" da pavor, es peor de lo que pensaba.

D

#65 Me parece increíble que mezcles un hecho inherente como lo es ser hombre o mujer (raza, sexo, credo, inclinación sexual) con empleos que acarrean una limitación de derechos (militares, servicios prioritarios) o agravantes por posiciones que pueden ser sensibles y de especial protección (funcionarios en servicio, personas que trabajan con niños, crímenes contra lesa humanidad, etc, etc).

Sinceramente, ese último párrafo me parece de una demagogia tremenda. Yo puedo elegir no ser conductor de autobús si no quiero pasar ciertos controles ni tener determinadas penas agravadas por mi posición dominante con mis pasajeros, pero no puedo dejar de ser hombre heterosexual ateo caucásico, y por eso esos rangos inherentes a mi persona no pueden ser objeto de sanción mayor. Creo que esto es algo bastante solidificado en derecho; no soy abogado sino chófer pero no creo que esté confundido respecto a la diferencia entre limitar acciones o derechos por empleo, a hacerlo por ser indio, blanco, negro, homosexual o helicóptero de combate.

Guanarteme

PasaPolloPasaPollo Te leo de un tiempo a esta parte y quiero decirte que me gusta mucho la postura que tomas ante los que denominas "guerra de sexos" (para mí es ya machistas vs. feministas).

Sé que trabajas en el ámbito legal ¿letrado, no? Y que aunque en el plano "ideológico" no siempre digas lo que a mí me gustaría escuchar, tengo que darte la enhorabuena por limpiar de forma tan diligente el "lodazal" de cuñadeces, post-verdades, verdades a medias y mentiras completas que se cuentan sobre la LIVG.

PasaPollo

#39 Yo también lo llamaría así, pero ves a hombres excretando estupideces sobre cualquier mujer (sin saber si esa mujer es no feminista) en cualquier noticia relacionada; o ves a mujeres soltando enormes paridas sobre los hombres en general, sin pararse a pensar que hay hombres y hombres. Al final me resulta algo estúpido, donde machistas recalcitrantes se camuflan en críticos legítimos de LIVG o de determinadas políticas de género, y misántropas irascibles se camuflan en feministas razonables. En fin.

b

#39 No te confundas, se puede no ser feminista o muy crítico con el movimiento y no ser machista. No es esta una cuestión de blanco y negro, y ejemplos son muchas mujeres que no se adhieren al movimiento feminista por múltiples razones.

devilinside

Por mi parte y de profesional a profesional, mis dieses. Magnífico trabajo desde el punto de vista didáctico. El problema es que estás explicandole a "motivados" las cosas como son y no como les gustaría que fuesen

c

si mañana crean el Juzgado Encargado de Temas de Gatitos y pasado yo pateo un gato, y dicho juzgado me encausa, no es un tribunal de excepción. Pero si sucede al revés (yo pateo a un gato y por ello se crea el Juzgado de Temas de Gatitos) sí sería un tribunal excepcional y, por tanto, prohibido.

Según esto, los tribunales de violencia de género son triibunales de excepción. Lo justifico.

El hecho que un tribunal de estos pretende juzgar es el hecho de ser hombre. Los delitos concretos que se juzgan no son más que excusas para aplicar el delito de ser hombre. Los hechos del caso en sí se podrían juzgar en un tribunal ordinario donde se condenaría por esos hechos concretos pero no por el hecho de ser hombre.

Tal como se explica en el preámbulo de la ley, y está ratificado por reciente sentencia del TS, la violencia de género existe en función a de quién se juzga. No hay nada que ese hombre juzgado pueda haber hecho o no haber hecho para evitarlo.

Así que primero está el suceso que se pretende condenar, el hecho de ser hombre, y luego se crea el tribunal de excepción para juzgar ese hecho.

c

#15 Por resumir y simplificar. Para que cada cual se pueda formar su propia opinión deseo clarificar los argumentos.

DicePasaPolloPasaPollo que el criterio para que un juzgado sea de excepción es:

- juzgado de excepción. Primero se produce el hecho a juzgar después se crea el tribunal para juzgar ese hecho.
- No es juzgado de excepción. El orden inverso. Primero se crea el juzgado, luego sucede el hecho juzgable.

Por el bien de la discusión acepto esa definición. Por lo tanto deberíamos estar de acuerdo en si los Tribunales de Violencia de Género son o no son de excepción.

Pues no, porque el demonio esté en los detalles.

Pongo un caso muy concreto, por simplificar al máximo.

Caso A . Hombre pega a su mujer un puñetazo y le parte el labio. No hay circunstancias, ni agravantes, ni atenuantes, ni historia, ni causas, ni nada. Solo el hecho pelado.

Caso B: Lo mismo pero a la inversa. La mujer le pega al hombre y le parte el labio. El reflejo especular exacto del caso A.

Ahora, ¿Qué se considera aquí que es el hecho a juzgar?

DicePasaPolloPasaPollo: El puñetazo.
Digo yo: El hecho de estar juzgando a un hombre.

Según escoge el hecho juzgablePasaPolloPasaPollo, ese juzgado no es de excepción.

Pero yo le discuto que ese sea el hecho a juzgar. Veamos qué sucede antes y después de la Ley de Violencia de Género:

Antes:
- Caso A1. Se condena al hombre a la pena X.
- Caso B1. Se condena a la mujer a la pena X.

Después:
- Caso A2. Se condena al hombre a una pena mayor que X.
- Caso B2. Se condena a la mujer a la pena X.

Vemos en primer lugar que los jugados de Violencia de Género, NO fueron creados para jugar el caso A2, pues de no existir se hubiera juzgado como A1 sin mayor problema. No son necesarios para eso, luego no es aceptable argumentar que fueron creados para poder juzgar eso. Ya se juzgaba antes. El puñetazo no es el hecho en A2, aunque sí que lo era en A1.

¿Qué ha cambiado?

Vemos en segundo lugar que el único efecto de la existencia de esos juzgados es aumentar la pena al hombre pero no a la mujer. Eso es lo que hacen, esa es la realidad. Así pues estos juzgados sirven para discriminar al hombre (mayor pena) y para nada más, puesto que otra cosa no cambian.

Si eso es lo que hacen, es para eso que fueron creados. Luego el hecho juzgable a considerar para aplicar en el criterio es la discriminación contra el hombre.

el criterio era:
- juzgado de excepción. Primero se produce el hecho a juzgar después se crea el tribunal para juzgar ese hecho.

Aquí el hecho aplicable al criterio es la disciminación. ¿Ese hecho cuando sucede? Sucede antes, durante la creación de la ideología feminista que así lo decide. Esos ideológos miran la realidad, ven que los hombres están ahí y deciden castigarlos. Más delante crean los juggados para ello.

Luego son jugados de excepción según el criterio.

Me gustaría exponer también el razonamiento dePasaPolloPasaPollo con igual niivel de detalle, pero por desgracia no me ha constestado. Debo pues considerar que él considera "obvio" que el hecho juzgado es el puñetazo, pero eso no explica ni justifica la existencia de estos juzgados.

Solo seria aceptable si el caso A1 se quedara sin pena y A2 tuviera pena, entonces se podría decir que fueron creados para castigar el caso A, pero no es así. Eso no cambia, por lo que no fueron creados para eso y por tal motivo no se puede usar eso en el criterio.

Su argumento es como mínimo incompleto.

Si lo desea siempre puede contestar.

PasaPollo

#33 Creo que he especificado bien el criterio para considerar un juzgado de excepción, y no me he quedado en el hecho a posteriori y ad hoc. Me autocito:

Los JVM se han creado mediante los cauces constitucionales para ello (Ley Orgánica), sus normas de atribución de competencia son anteriores y no se salen de ningún cauce, y no hay “jueces especiales” sino que entran por la misma vía que cualquier otro juez a otro tipo de juzgado (con la correspondiente especialización, nada extraño en ello)

Esto estaba en el texto original. No sé por qué os quedáis con el fundamento más básico (esto es un artículo divulgativo para profanos) a pesar de que yo, anticipándome, di la pincelada que acabo de decir. Esto no pretendía ser una tesis sobre qué es o no es un tribunal de excepción. Pero amplío: El JVM es un juzgado especial por atribución de la materia (como otros tantos), pero se crea por ley orgánica (concretamente, LOPJ), dentro de una jurisdicción existente (penal), se acoge en la LDPJ con el resto de órganos, sus competencias, aunque mixtas, vienen atribuidas con anterioridad mediante una ley válida, se opta a dichos juzgados con un criterio preexistente... No cumple ningún elemento definitorio. Es un juzgado especializado que se creó con escrupuloso respeto a las normas para su creación.

Como comprenderás, el hecho de ser un tribunal ad hoc creado a posteriori es un rasgo básico pero no completo.

Si quieres hacer un análisis pormenorizado, elevamos entonces el nivel y tienes que buscar más elementos diferenciadores. Si yo le explico a alguien que no sabe de animales que un elefante se diferencia de un ratón en un tamaño, y esa persona es lista y me argumenta que el ratón es un mamífero al igual que el elefante, tengo que elevar el nivel y entrar en que uno es un paquidermo y otro es un roedor. Ejemplo absurdo, pero espero que se entienda la analogía.

Por último, como he dicho que iba a hablar del sein y no del sollen, creo que esto basta. El juez Salvador Alba (recientemente fichado por VOX) promovió cuestión de inconstitucionalidad basada, entre otras cosas, en que los JVM eran juzgados de excepción. Dicho criterio fue rechazado por informe de Fiscalía y no prosperó.

https://elpais.com/sociedad/2005/10/14/actualidad/1129240804_850215.html

c

#35 Yo había aceptado el criterio. Si lo cambias, pues nada.

moving goalposts

dreierfahrer

#33 te ha puesto el ejemplo de la pederastia, q se lleva en tribunales de excepcion contra los adultos....

Pero hasta q no os hagan dibujitos nada.

J

#15 Usease, a ver si lo he entendido.
Es requisito indispensable pero no suficiente ser un hombre para ser judgazo por VG pero no es requisito que la motivacion de esa agresion sea el machismo?
Eso no seria una ley de autor? Es decir, se juzga a una persona de diferente forma por pertenecer a un grupo aleatorio X?
Existe alguna ley similar? Tipo, es negro y del madrid asi que si roba caramelos (condiciones totalmente aleatorias) se juzga de una forma diferente a la "normal"?

Gran articulo por cierto.

c

#15 pues que ser hombre se considere un agravante, o un requisito para juzgarte con una ley distinta en otros juzgados, es chungo y discriminatorio de cojones.

c

#12 Si, exactamente, es un hecho anterior a la creación del tribunal, que pretende convertir ese hecho en un delito. Encaja con la descripción que das de un tribunal de excepción.

Por supuesto que condenar a todos los hombres no sería factible, por lo que condenan solo a algunos, pero eso no lo convierte en menos tribunal de excepción de lo que es. Se usan excusas para condenar indirectamente a base de condenar formalmente por esas excusas, pero lo que se condena en realidad es el ser hombre.

Por ejemplo (es un ejemplo, coño) si yo le ahostio a mi mujer y le parto la cara, eso es un delito. Lo era antes de la ley también. Lo que cambia con esta ley es que además de condenarme por el delito recibiré una ampliación de pena por ser hombre.

Es decir que la novedad que aporta este tribunal es el condenarme por ser hombre.

Estos tribunales se crearon a partir de la decisión ideológica de que ser hombre es punible. Primero el hecho, luego la ideología, luego la decisión y entonces el tribunal. Son pues tribunales de excepción.

D

#12 pero entonces, al que patea gatitos no le condena un tribunal de excepción tampoco, ya era hombre, ya era gatito, ya los pateaba antes....

Personx

#12 Tu respuesta es de perogrullo y no aclara nada.

Si yo creo un tribunal para juzgar los robos de gitanos, porque éstos roban proporcionalmente más que el resto y socialmente se considera que eso forma parte de su cultura "gitanal", tampoco se está juzgando el ser gitano, sólo si robas (y eres gitano, claro).

Es esa condición, la de robar Y pertenecer a un conjunto/colectivo que socialmente se considera que tiene una cultura nociva (llámala patriarcal, llámala gitanal) representada por ellos mismos, la que convierte esa norma en la misma hez que si sólo se juzgara el hecho de pertenecer a ese colectivo, porque la gilipollez en que se basa dicha norma es exactamente la misma: estadística a la que se da forma con filosofía cultural basada en mis cojones morenos.

D

#69 EXACTO!!!!! es como si se hace un tribunal solo para juzgar a los obesos, los que tengan mas de 30IMC porque se considera que las agresiones de gente obesa son mas peligrosas por su peso, fuerza o lo que sea.
Alguien puede decir que eso no es tribunal de excepcion porque tienes que ser agresor para que se te juzgue!! y se te quedan tan panchos...

T

#12 Lo que ha querido decir #9 es que se condena más un mismo hecho si lo hace un hombre que si lo hace una mujer. Eso tiene un nombre: discriminación legislativa por razones de género, lo cual va en contra del artículo 14 de la constitución:

" Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
"

Ya está, no hay nada más que discutir, ni que debatir ni explicar sobre la ley: es inconstitucional. Cualquiera que sepa leer y tenga un mínimo de compresión lectora lo pilla rapidamente. Es así de sencillo.

PasaPollo

#79 Desde el sollen, puedes defender que es anticonstitucional. Desde el sein no lo es. El sein no dice si es justo, injusto, debiera ser, no debiera ser. El sollen dice que el nazismo es una mierda. El sein dice que gobernó. Y yo me limito al sein.

(Me encanta esta diferenciación)

T

#80 Y yo me limito a comentar lo que de verdad importa sobre esta ley: que es una aberración inconstitucional.

PasaPollo

#82 "Lo que de verdad importa" depende a quién le preguntes. Si eres condenado por ella, aunque "lo que de verdad te importe" sea su constitucionalidad, te comes la pena.

T

#83 Por eso precisamente es lo que de verdad importa, porque te vas a comer la condena impuesta por una ley que niños de primaria tienen la capacidad de comprender que es inconstitucional y, por tanto, fuera de todo marco de garantia democrática y de respeto a los derechos humanos básicos y fundamentales.

D

#82 #83 y la retroactividad de la doctrina parot, tambien es constitucional?

INCLUSO que algo sea constitucional, no quiere decir que sea legal, en este caso es claramente ilegal, y los votos del TC sobre el codigo penal que emana de esta ley asi lo demuestran, por casi 1a y unica vez en la historia el TC aprueba algo por 1 voto de diferencia (hubo otra, en el estatuto de valencia), curioso de una ley que fue aprobada por 320 de 320 diputados.... a nadie le hace pensar que algo aprobado por 320 de 320 votos, luego votos particulares del TC lo pongan en duda???

como dice pasapollo segun el "sein" mariano rajoy no cobro sobres, la infanta no sabia nada de todo lo que hacia el marido, y??? politicamente lo importante es el SOLLEN.
Curioso tambien que la mayoria de gente de vox inclina su voto precisamente por que son los unicos que se oponen a la ideologia de genero ...

T

#85 El TC de lo único que sirve es de prueba evidente de la politización de la justicia, de la ausencia de separación de poderes y de la bajísima calidad democrática de este país.

D

#86 al menos nos quedan los votos particulares, demoledores:
""La Sentencia, quizá sin quererlo, se suma a un superado Derecho penal paternalista que
promueve una concepción de la mujer como “sujeto vulnerable” que, por el solo hecho de
iniciar una relación afectiva con un varón, incluso sin convivencia, se sitúa en una posición
subordinada que requiere de una específica tutela penal, equiparada a la que el segundo
inciso del art. 153.1 CP dispensa a toda “persona especialmente vulnerable”. Este enfoque
resulta inaceptable en la sociedad actual, que no admite el viejo rol de la mujer como “sexo
débil” que históricamente le colocaba en una posición equivalente a la de los menores e
incapaces, de quienes se presume una posición de debilidad sin posibilidad de prueba en
contrario. Esta perspectiva resulta contraria al art. 10.1 de la Constitución, que consagra la
dignidad de la persona como uno de los fundamentos de nuestro sistema constitucional y
cuya noción se halla en la base del concepto de derechos fundamentales ..."

"...Sin embargo, lo que a mi juicio resulta incompatible con el derecho a la presunción de
inocencia (art. 24.2 CE) es la presunción adversa de que todo maltrato ocasional cometido
por un varón contra su pareja o ex pareja sea siempre una manifestación de sexismo que
deba poner en actuación la tutela penal reforzada del art. 153.1 CP."

otro voto particular:


".."...Toda la Sentencia se apoya en una base conceptual que, a mi juicio, resulta inadmisiblemente apodíctica: que las conductas previstas en el apartado 1 del art. 153 CP tienen mayor desvalor y consecuentemente mayor gravedad que las del apartado 2, lo que justifica que puedan ser sancionadas con mayor pena. En otros términos: que la agresión producida en el ámbito de las relaciones de pareja del varón a la mujer tienen mayor desvalor que las producidas en esa misma relación por la mujer al varón. Y es sobre esa base apriorística, que por mi parte rechazo, sobre la que se asienta la aplicación al caso del canon de la igualdad. ..."

D

#12 Tu comentario respondiendo a #9 es una manipulación de libro y lo sabes.
Antes de la ley de violencia de género, si un hombre pegaba a una mujer tenía una pena, después de la ley de violencia de genero, si un hombre pega a una mujer, tiene otra pena.
Al mismo hecho, el castigo es distinto. ¿Por qué? Si no ha cambiado el hecho que provoca que el castigo sea distinto?
Vamos a hacer otra comparación.

Una mujer pega a un hombre, antes de la ley de violencia de genero la mujer tenía la pena X, después de la violencia de genero la mujer sigue teniendo la pena X.

Entonces qué ha pasado? Sencillo, en el primer caso se considera que como el que pega es un hombre, es motivo para aumentar su pena y su castigo. Sí, el hecho de ser un hombre se está castigando en españa, puedes retorcerlo o manipularlo, pero es un hecho. Por no hablar de como se trata a los hombres denunciados (que eso ya es de vergüenza, porque la presunción de inocencia brilla por su ausencia en muchos casos).

A mismo delito, mismo castigo y mismo tratamiento, eso es igualdad, lo demás de igualdad tiene poco o nada.

D

#12 Sí que se condena, se condena diferente por ser hombre que por ser mujer, lo cuál no solo es discriminatorio sino anticonstitucional y todo el texto que menciona #0 lo único que hace es intentar justificar esa anticonstitucionalidad.

La cuestión es quién decide quién es un corruptor o un maltratador, solo tienes que ver la reciente noticia de la madre que mata a sus hijos, solo lees sobre sus problemas psiquiátricos, pero nunca leerás sobre problemas de los hombres que hacen daño a alguien, son directamente maltratadores.

DangiAll

#12 Aprovecho tu respuesta para preguntarte.
Si alguien como hombre, de repente se define como mujer, y sigue los cauces legales para que su nuevo genero sea reconocido, un cambio que no implica ningún tipo de adaptación/operación.
Ese hombre/mujer, quedaría excusado de la LIVG, al ser reconocido legalmente como mujer ?

icedcry

#9 Creo que confundes Tribunales de Excepción con Tribunales de Clase....

El hecho sería un supuesto maltrato...y se juzga en tribunales específicos...el problema es que en esos tribunales sólo puede haber culpables hombres....luego son de clase...

De hecho...se parte de la base de que si hay maltrato es machista y por lo que he visto con mis amigos...se cree más a la mujer que a los hombres.

Así que no, de excepción no, pero de clase y claramente eres de segunda porque no hay presunción de inocencia.

c

#99 La definición es la del cuerpo del artículo. Yo no he tocado eso.

icedcry

#100 A ver...si mi nivel de cafeína en sangre no es demasiado bajo, en el artículo se indica que no son tribunales de excepción....

Otra cosa es la aberración que supone que para el mismo hecho te caiga la del pulpo sólo si eres hombre....

Varlak

#9 Ser hombre no es delito, no digas chorradas

Jokessoℝ

Yo sigo pensando que las carreras donde prima lo subjetivo e interpretable, como Derecho, Sociología,Periodismo,Historia,Psicología, Magisterio y etc, deberían ser una FP y sacarse del sistema universitario.

Daos cuenta que esta gente que pillaron letras en bup porque no les daba la caluga para ciencias, es la que ahora os organiza vuestras vidas, ocupan el 90% de cargos políticos y después nos jodemos todos con sus peleas de patio de colegio.

PasaPollo

#40 Ojalá Derecho fuese una FP. Al menos nos pagarían las prácticas. La precariedad de los abogados novatos es una barbaridad. Bajo lo de "pasante" se encuentran barbaridades, y muy, muy pocos tienen contrato como Dios manda. A ver si@Livingstone85 se pone una vez a explicarlo, porque la imagen que tiene la gente de nosotros y la mierda que hay son cosas muy distintas.

#47 Hace un tiempo estaba aquí discutiendo sobre el tema de el IVA, el IRPF y la cuota de autónomos. Dije algo así como que entre una cosa y otra los impuestos se te comian toda la facturación, y me contestaron que yo estaba mintiendo porque un abogado te cobra 200 euros por darte la hora.

Casi me pongo a llorar.

Jokessoℝ

Gente de letras sacaron las leyes absurdas que os joden la vida o cuanto menos, os la complican innecesariamente, como por ejm lo de dar que sí a las cookies. Es un ejemplo sencillo, pero imagináos hasta que punto esta gente os complica la vida sin ninguna necesidad, sólo por buscarse problemas para despues resolverlos, su razón de ser.

PasaPollo

#28 Es una risa irónica.

N

Gracias por estos artículos, se agradece el esfuerzo divulgador. Leyendo los comentarios creo que el siguiente tema debería ser un monográfico sobre los juzgados de excepción... lol lol
En cuanto a la existencia previa del delito, obviamente no se crearía un tribunal específico para juzgar un delito que ni está, ni se le espera (todo podría verse, pero vaya, no parece muy lógico): sólo tiene sentido crear un tribunal cuando el volumen de comisiones de un determinado delito o el impacto/consecuencia de su comisión lo justifiquen. Otra cosa es que procedimientos ya iniciados con anterioridad a la creación del nuevo juzgado pasen a ser competencia del tribunal "nuevo", cambiando a medio camino las reglas del juego... Eso entiendo que sí está prohibido, y que sí es un tribunal de excepción; al menos, es como lo había interpretado.

D

#0 gracias. Nuevamente, muy interesante. Gracias

¿Puede esta frase "Je, aquí un caso curioso"... tener un error y ser en realidad "He, aquí un caso curioso"..?

PasaPollo

#6 No, jaja, realmente es un "je". Una de mis rarezas es que vocalizo mis risas. "Je" es mi risa de listillo.

D

#21 Esa era la otra opción, pero no veía cómo que una mujer pueda ser condenada por VG podría ser gracioso

Jesus_Lafuente

#21 Mucho Ibañez hubo...

Ainhoa_96

#6 Sobraría la coma entonces. Dos fallos juntos en un texto tan bien redactado es poco probable. Era más lógico pensar que fuese algún tipo de interjección o expresión.

mikeoptiko

Muy bienPasaPolloPasaPollo me ha parecido muy esclarecedor. Espero que te animes y hagas tercera parte con el "sollen"

PasaPollo

#49 No descarto, al final de la serie de artículos, dar mi opinión sobre la norma y los problemas que yo particularmente encuentro. Pero si lo hago antes de terminar la exposición neutra, sé que cualquier artículo posterior será mirado con recelo en base a mis opiniones.

mikeoptiko

#50 Ya sabes que, opines lo que opines, vas a ofender a muchos. Ya ofendes en éste y eso que solo expones lo que es...

En estas cosas se quedan los debates de opinión de estos temas de opinión de "rabiosa actualidad": bandos polarizados en los que cada uno defiende a capa y espada su opinión diga lo que diga el otro bando.

PasaPollo

#51 Mark Twain decía en su "Un Yanki en la Corte del Rey Arturo" -uno de mis libros favoritos- que había tantos nobles "que era imposible tirar un ladrillo al aire sin que al caer dejase inválido a un marqués". Me encanta esa expresión. Me gusta adaptarlo a que hay tanto egocéntrico que es imposible tirar una opinión sin que al llegar deje llorando a un pielfina.

D

¿Recomiendo fuerte?
Lo siento, pero ya no me generas mucha credibilidad.

PasaPollo

#7 Mi trabajo ya no tiene sentido.

D

#11 Eso es lo que piensas fuerte.

x

#11 a mi me ha gustado. Por eso le he dado al like y me he suscrito a tu canal.

D

Sale más barato comprarse una muñeca de silicona

jobar

#37 para molerla a palos, sí que se compren una muñeca de silicona.

c

#0 Por último, y escarmentado por el artículo anterior, antes de llamarme machirulo o planchabragas poneos de acuerdo en los insultos.

La cosa va así. Las feminazis saben perfectamente y son muy conscientes de que el montaje discriminatorio que han hecho es impresentable. Por lo tanto cualquiera que se dedique a exponer sus entresijos tiene por fuerza que ser su enemigo. Un feminsita lo que haría es ocultarlo.

c

#10 Lo que se quiere ocultar es que la ley de violencia de género se creó para discriminar a los hombres. La pretensión que usan es que se quiere "proteger a las mujeres", algo que a estas alturas es evidente para todo el mundo que esta ley no hace.

Ha quedado pues como un arma de uso exclusivo para mujeres para que la usen cuando quieran perjudicar a su pareja por el motivo que sea. También ha resultado útil para acceder a subvenciones. Ocasionalmente se permite que la use alguna mujer agredida (pero no un hombre agredido), lo que les debe resultar molesto pero entiendo que lo necesitan para poder enseñarlo y decir que sirve para proteger a esas mujeres, lo que evidentemente no es cierto, pues no hacen falta tribunales de excepción para proteger a nadie de delitos. Son necesarios solamente para discriminar.

SOBANDO

#8

Para que se vea la aberración que es esta ley que se juzga en tribunales de excepción basta realizar un experimento ya antes realizado. (famoso es el capítulo del Mein Kampf reescrito en términos feministas y aceptado por una revista académica http://projusticia.es/una-revista-academica-acepta-un-capitulo-del-mein-kampf-reescrito-en-terminos-feministas/ )
En este caso solo he reescrito superficialmente el texto cambiando básicamente 4 palabras:
LIVG por LIVR (Ley integral de violencia de raza o racista).
LVG por LVR.
Mujer por blanco.
Hombre por negro.

Aprovecho para despedirme si algum moderador decide banearme.

Violencia de RAZA (II): Los Juzgados de Violencia sobre el blanco en el orden penal

Nota preliminar:

Recomiendo fuerte leerse al anterior artículo para repasar conceptos que repetiré en este y para tener claro el objetivo de estos artículos, que no pretenden generar opinión, sino mostrar lo que es. Una diferencia que me encanta hacer es la que hizo el crack de Kelsen entre “sein” (lo que es) y “sollen” (lo que debe ser). Esta serie de artículos son un gigantesco “sein”, lo que dicen las normas y de qué va la LIVR; no lo que debería decir o lo estupenda chachi o mala malísima que es.

Este artículo iba a ser en principio uno sobre todos los tribunales y todos los órdenes que conocen de temas de VR, pero dado que se me iba de las manos por tamaño, me he quedado de momento sólo en los JVM y sólo en el orden penal.

Por último, y escarmentado por el artículo anterior, antes de llamarme racista o amanegros poneos de acuerdo en los insultos. No puedo ser un nazi y a la vez un amante de los negros. Sugiero que creéis un foro paralelo para acordar de qué bando estoy en la estúpida guerra de razas y luego os cisquéis en mis muertos con propiedad.
Previa: Hablemos de competencias

En todo orden jurisdiccional existen los criterios de atribución de competencias: competencia objetiva, competencia territorial, y competencia funcional. Tenemos que darle un pequeño vistazo antes de entrar en materia.

La competencia objetiva, en el orden penal, viene dado por la materia, la persona y la gravedad, atribuyendo distintos tribunales en función de estos. Si un negro (razón de persona) agrede a un blanco de forma violenta (razón de materia), la competencia objetiva nos dice que será competente, en primera instancia, un Juzgado de Violencia sobre el blanco

La competencia territorial no creo que haga falta explicarla. Atribuye a distintos órganos de igual rango el conocimiento de una causa según el partido judicial. Si sumado al caso anterior, la agresión se produce en el domicilio de ambos, sito en Madrid, sabremos que será un Juzgado de Violencia sobre el blanco de Madrid.

La competencia funcional viene poco y mal explicada. Es una especie de desempate cuando, a pesar de lo anterior, hay dos o más tribunales que tienen tanto competencia objetiva como territorial. También establece qué juzgado conoce en según qué instancia, así que, si se trata de una lesión de carácter de delito leve, la competencia funcional nos dice que ese JVR de Madrid no sólo instruirá sino que también se pronunciará y dictará sentencia.
¿Son tribunales de excepción?

Esta crítica, producida recién salida la LVIR, poco a poco ha perdido fuelle y resulta cada vez más extraño encontrarla incluso entre sus detractores, por más que alguna gente siga esgrimiendo este argumento. Los JVR no son tribunales de excepción.

Lo característico de un tribunal de excepción es que surge a posteriori de un hecho y ad hoc para procesar ese mismo hecho. Obviamente esto lleva aparejados grandes problemas de seguridad jurídica, garantías y procedimientos básicos. No quiere decir que todo tribunal injusto sea de excepción (puede haber y hay tribunales injustos perfectamente válidos) sino que todo tribunal de excepción es, según nuestro derecho, injusto. Para ilustrar esto, pondré un ejemplo absurdo: si mañana crean el Juzgado Encargado de Temas de Gatitos y pasado yo pateo un gato, y dicho juzgado me encausa, no es un tribunal de excepción. Pero si sucede al revés (yo pateo a un gato y por ello se crea el Juzgado de Temas de Gatitos) sí sería un tribunal excepcional y, por tanto, prohibido.

Los JVR se han creado mediante los cauces constitucionales para ello (Ley Orgánica), sus normas de atribución de competencia son anteriores y no se salen de ningún cauce, y no hay “jueces especiales” sino que entran por la misma vía que cualquier otro juez a otro tipo de juzgado (con la correspondiente especialización, nada extraño en ello). Y las cuestiones de constitucionalidad que se han planteado con respecto a esto no han prosperado. El sein está claro, ¿verdad?

Lo más parecido en nuestro país a Tribunales de Excepción son aquellos especializados en cláusulas suelo. Sin embargo, cosa curiosa , no he oído ni una sola queja con respecto a ello.

Al lío.
1- COMPETENCIA OBJETIVA POR MATERIA

Los JVR instruyen y, en su caso, juzgan, los delitos recogidos en el Código Penal relativos a homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral y contra la libertad e indemnidad sexuales.

Esto no quiere decir que todos los delitos dentro de estos títulos entren en el ámbito de la LIVR. No se incluyen, por ejemplo, delitos imprudentes, autoaborto, riña tumultuaria, atentados realizados por funcionario o autoridad o tortura.

Los JVR conocen también del delito de quebrantamiento de condena y de medidas cautelares dentro del propio ámbito de la LIVR. Y también respecto a delitos contra deberes y derechos familiares, aunque en este último caso, si los hechos han sido únicamente contra descendientes, menores o incapaces, sólo cuando lleve también aparejado un acto de violencia de género.

Al final del apartado a), punto 1, del artículo 87 ter LOPJ (donde encontraréis todas las competencias de los JVR os toparéis con una frase que me han argumentado: “o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación”, afirmando que esto implica que cualquier acto de negro contra blanco es competencia de los JVR. Esto es falso, dado que a continuación especifica lo que dije en mi primer artículo: siempre que haya habido o haya una relación de matrimonio o análoga de afectividad. Esta frase es una salvaguarda genérica del legislador para eliminar lagunas legales y que toda agresión en dicho contexto sea siempre competencia de los JVR. Esto va a misa y decide lo siguiente, que es…
2- COMPETENCIA OBJETIVA POR PERSONA

No me explayaré mucho aquí, dado que en la introducción dejé claro quién tiene que ser el sujeto activo, quién el pasivo y la problemática con mulatos y demás racializados y qué es una “relación análoga”.

Sólo ampliaré un par de cosas en relación a la competencia de los JVR, y es que a efectos competenciales, pueden ser sujetos pasivos los descendientes, o menores, o incapaces, o sujetos a potestad, tutela, curatela o guarda del agresor o de su pareja que convivan con ellos, siempre y cuando la mujer haya sido víctima de violencia de raza. Si no se da este último requisito, se acudirá a los juzgados ordinarios de Instrucción y Audiencias.

Además, en caso de que el agresor haya contado con cómplices, coautores o inductores, esos cómplices también serán juzgados por el JVR, aunque hayan sido negros o blancos que no hayan tenido relación de afectividad con la víctima. Je, aquí un caso curioso de mujer que puede ser condenada por violencia de raza.
3- COMPETENCIA TERRITORIAL

El fuero donde se ha de iniciar y en su caso juzgar el proceso es siempre el del domicilio de la víctima, y no donde se produjeron los hechos. Esto fue pensado para evitar traslados innecesarios a la presunta víctima, pero provoca bastantes problemas probatorios si las agresiones se produjeron en unas vacaciones o en casa de los suegros dado que complica un poco la práctica de diligencias y el acceso a pruebas y a comparecencia de testigos.

El problema no termina ahí, sino que a veces es complicado decir cuál es el domicilio de la víctima, que, por norma general, es su residencia habitual, sobre lo cual se pronunció el Supremo diciendo que los domicilios de verano (el clásico pisito en la playa) no supone domicilio, por más que te tires tres meses al año allí.

Para el caso de la gente que tiene más de un domicilio y se reparte la residencia de forma homogénea, hay diversidad de criterios para repartir entre un juzgado u otro en función de qué órgano empieza, dónde pasaron los hechos o la residencia del agresor, todo eso subsumido a que debe ser el criterio orientador el domicilio donde exista más arraigo.

Para el caso de domicilios ambulantes, como una autocaravana, el criterio es el sitio en el que está la caravana cuando inicia el proceso. Y si eso no se puede determinar, son competentes los JVR del lugar donde se cometen los hechos. Y si las agresiones son continuadas mientras se va viajando y se atraviesan distintos partidos judiciales, se acude al principio de ubicuidad y conoce el juez de cualquier partido que primero haya iniciado las actuaciones.

Y en cuanto a los delitos cometidos en el extranjero no son competencia de los JVR sino del Juzgado Central de Instrucción, porque la LOPJ es taxativa en este aspecto y no hace diferenciaciones por materia respecto a delitos en el extranjero cuando se dan todos los requisitos para que sea competente el JCI. Sin embargo, son competentes los JVR si, aunque los delitos se hayan cometido en el extranjero, la víctima tiene domicilio en España.
4- EXCEPCIONES AL FUERO POR DOMICILIO DE LA VÍCTIMA

D

PERO ES QUE LOS juzgados de clausula suelo no SOLO JUZGAN clausulas suelo!!! en cambio los juzgados de LIVG es todo una parafernalia montada con la ideologia de genero.
Es decir, han montado unos juzgados, con fiscales, funcionarios, jueces, etc etc SOLO PARA JUZGAR hombres por el hecho de ser hombres y da igual el delito que se cometa en la pareja, solo es si es hombre contra mujer:
https://evolucionyneurociencias.blogspot.com/2018/05/el-paradigma-de-genero-no-explica-la.html
reflexion-sobre-8m-escrita-sin-lenguaje-inclusivo/c058#c-58

PasaPollo

#57 Tú no te has leído bien el artículo, ¿me equivoco? Sin acritud. Explico claramente que juzgan otro tipo de delitos conexos, con otros victimarios y otras víctimas; además, conocen de temas civiles que explicaré en otro artículo. Es frecuente que un JVM sea en realidad un Juzgado de Instrucción normal especializado. No, no da igual que la mujer haya sido o no pareja. No, no juzgan hombres sólo por ser hombres. Te recomiendo un vistazo al primer artículo y que te leas este con atención. Un saludo.

D

#61 Sí, lo he leído.:
http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUNjQxNjtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoALb0e4DUAAAA=WKE

Juzgan a hombres por ser hombres porque la violencia de genero solo se aplica a hombres por ser hombres. Leete el articulo que linko.
Es una ley ilegal e inconstitucional como dijeron casi la mayoria del TC.
Tenemos un codigo penal que castiga mas por el mismo acto, si eres hombre o mujer.
Dices que "no han prosperado" y la UNICA VEZ EN LA HISTORIA Del tribunal constitucional que votó algo por la minima!!
Osea, tenemos un congreso que aprueba una ley con 320 votos a favor y 0 en contra, una de las pocas veces en la historia de españa con unanimidad en el congreso, y en cambio el TC dice por 1 solo voto en contra (1a vez en su historia, y unica); que es ILEGAL la asimetria penal, y tu dices simplemente "no han prosperado".
Podrias hacer un analisis juridico de la sentencia del TC, de los votos particulares, por ejemplo, nos podriamos reir un rato, aqui te dejo alguno:
mujer-juez-zorra-cat/c028#c-28

Hace 12 años | Por carey a alexribes.wordpress.com

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