En estos momentos Cataluña está en una situación de casi bloqueo, en el que hay dos bandos políticos casi iguales en número que aparentan ser irreconciliables. Se habla de que hay que restaurar la convivencia, pero cuando muchos indepes llaman fascistas a los unionistas y muchos unionistas llaman traidores a los indepes, pues dificil será restaurar esta conviviencia, al menos a corto o medio plazo.
La única solución pasaría por una consulta pactada. Pero todos sabemos que el gobierno central jamás pactará una consulta en Cataluña (salvo que en Moncloa aparezcan unas hombres de negro llegados desde Europa y obliguen a Rajoy con la amenaza de que se llega a un acuerdo en CAT o el BCE dejará de comprar deuda pública española.)
Salvo que el gobierno central pudiera convocar una consulta que supiera va a ganar. Cosa que a día de hoy es harto improbable. Pero, ¿y una consulta que aunque ganaran los independentistas no derivase en una independencia? Y aquí nos vamos al actual Estatuto Catalán. Artículos 222 y 223
La parte importante es la que dice que para modificarse la ley básica de Cataluña en cuestiones que afecten a las relaciones con el estado deben aprobarse por "dos terceras partes de los miembros del Parlamento" (Art 223, 1.b)
Es decir, que según el estatuto catalán, la modificación de las relaciones con el estado español solo podría hacerse con una mayoría independentista de dos tercios. Es decir, 91 diputados, de los actuales 70 que suman ERC+CUP+JxCAT
Por tanto, la pregunta en una posible consulta sería: "¿Desea usted que el Parlamento Catalán inicie el proceso de reforma para la separación del estado español en las condiciones expuestas en el estatuto catalán en su título VII?"
Y con esta pregunta se cumplen los objetivos de ambos. La realización de una consulta legal, con todas las garantías y sin la policía dando de hostias y el que la independencia no tenga efecto a corto plazo.
Y a cerrar heridas y tender puentes.
Comentarios
De hecho posibilidades hay muchas, otra opción intermedia aunque menos ingeniosa que la que propones es la propia reforma de la constitución la cual tiene que aprobarse en un referendum. Un cambio que incluya de alguna manera propuestas que puedan seducir a algunos votantes que ahora se consideran independentistas. Así entonces si la participación en Cataluña es suficiente y aprueba la reforma, difícilmente se podría continuar de la misma manera con el argumentario procesista de derecho a decidir y mandato democrático. Aunque igualmente se correría el riesgo de que el apoyo no fuese suficiente.
Eso si tu propuesta es mucho más factible a corto plazo aunque en el fondo si las actitudes de los políticos no cambian lo suficiente, sería tirar el balón hacia adelante. De cualquier manera es interesante lo que escribes.
#1 Para una reforma en profundidad de la constitución hace falta bastante más que un referéndum. Tal y como está el panorama parlamentario, es imposible plantear ese tipo de reforma.
Lo primero es elaborar el proyecto de reforma, que es lo fácil. Ahora viene lo difícil:
1- Que el proyecto sea aprobado por mayoría de 2/3 del Congreso de los Diputados.
2- Aprobado por el Congreso, el proyecto ha de ser ratificado por mayoría de 2/3 del Senado. Ahí es donde comienza el asunto a hacer aguas, pues el PP tiene mayoría absoluta en esa cámara.
3- Disolución de Cortes y convocatoria de elecciones.
4- Ratificación del proyecto aprobado por Congreso y Senado. Tiene que ser ratificado por 2/3 tanto del nuevo Congreso como del nuevo Senado.
5- Con todo eso hecho, el proyecto tiene que ser ratificado en referéndum.
#4 Si no recuerdo mal, si no se tocan los artículos relacionados con la corona y alguno más la mayoría necesaria sería de 3/5 y un referendum, lo que simplifica la reforma un poco. Aunque de acuerdo en que igualmente el PP seguiría siendo un lastre para cualquier cambio en el texto...
#6 El procedimiento simplificado es el adecuado si la reforma no afecta al título preliminar, al capítulo II sección 1 del título I, o al título II.
Para reformar la constitución en algo que afecte a la organización territorial (que está en el título VII) se podría usar el procedimiento simplificado siempre y cuando no afecte a la unidad nacional (que está en el título preliminar).
Yo creo que lo de la independencia se arregla pagando viajes por España a los payeses catalanes , que son muy brutos y no conocen más que su pueblo.
Se organizarían autobuses y pernoctaciones en casas de ciudadanos de los pueblos y ciudades de España donde convivirían durante una semana.
La campaña se llamaría "Adopta a un catalán" y sería la mejor forma de culturizarlos ,sacarlos del pueblo, y desintoxicarlos de esas ideas tan cerradas , con olor a armario cerrado, a naftalina.
#11 Claro, porque las ideas que nos traes tú son un soplo de aire fresco.
#5 No, una cuota del 66% necesaria para la reforma, algo decidido y votado en referendum hace 10 años en el Estatut catalán.
#7 Y me da la sensación de que la estrategia indepe a medio plazo es que los que no estén a favor de la república catalana vayan emigrando a otras regiones, con lo que ese 66% se podría obtener en unos años
#7 Cierto, del 66%. De todas formas, una cosa es un estatut y otra una decisión soberana. La consulta sobre el estatut fue sobre el estatut, no sobre su posibilidad de independizarse, que no queda contemplada en el artículo citado aunque en este texto se diga que sí. Por otro lado, ningún poder constituido impide al poder constituyente que decida sobre la forma del estado y una nueva constitución, por mucho que haya participado en otras consultas previas relativas a otros estados y con otras preguntas.
Es decir, un referéndum para que no pueda salir una de las opciones deseadas por buena parte de la población, que es la independencia. Lo curioso es que digas: "Y con esta pregunta se cumplen los objetivos de ambos".
#2 Pueden salir ambas opciones. Si sale que no, pues no sé hace nada. Y si sale que si, pues se presentaría la propuesta de independencia en el parlamento catalán.
Que es lo que dice la pregunta.
#3 Básicamente es establecer una cuota del 75% para los independentistas por el simple hecho de que hace 40 años se decidió que las instituciones fueran de cierta forma. El poder constituyente no puede estar coartado ni limitado por el poder constituido. La regla de la mayoría es la más justa.