Publicado hace 9 años por puesunomas a laboralical.lacoctelera.net

Cuando una empresa realiza un expediente de regulación de empleo, ERE, y tiene trabajadores en excedencia voluntaria (art. 46.2 Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores) debe incluirlos en el expediente, ya que, pese a tener su contrato de trabajo suspendido, conservan su derecho de reingreso en la empresa vez finalizada la excedencia...

Comentarios

Amalfi

Lo veo justo.