#2 Pues es erroneo...la vivienda no es un derecho directo sobre el ciudadano, sino que es un derecho que el estado debe promover.
La diferencia es que, por ejemplo, el derecho a la no discriminación es defendido directamente por el tribunal constitucional; mientras que el derecho a una vivienda, no lo es.
Esto se debe a que en la constitución hay dos (mas bien 3) tipos de derecho. Los derechos declarativos (defendidos por el Tribunal Constitucional y directos sobre los ciudadanos) y los orientativos (indirectos sobre los ciudadanos y directos sobre el Estado).
Así que...lo siento por todos los que creen que es un derecho como la vida, pues no lo es.
La diferencia es que, por ejemplo, el derecho a la no discriminación es defendido directamente por el tribunal constitucional; mientras que el derecho a una vivienda, no lo es.
Esto se debe a que en la constitución hay dos (mas bien 3) tipos de derecho. Los derechos declarativos (defendidos por el Tribunal Constitucional y directos sobre los ciudadanos) y los orientativos (indirectos sobre los ciudadanos y directos sobre el Estado).
Así que...lo siento por todos los que creen que es un derecho como la vida, pues no lo es.