#73#67 Art. 85. 1. En las plazas de toros de primera y segunda categoría, cuando una res por su trapío y excelente comportamiento en todas las fases de la lidia, sin excepción, sea merecedora del indulto, al objeto de su utilización como semental y de preservar en su máxima pureza la raza y casta de las reses, el presidente podrá concederlo cuando concurran las siguientes circunstancias: que sea solicitado mayoritariamente por el público, que lo solicite expresamente el diestro a quien haya correspondido la res y, por último, que muestre su conformidad el ganadero o mayoral de la ganadería a la que pertenezca.
Vamos que despues de picarlo el picador a caballo, banderillearlo y hacerlo pasar por un suplicio si se demuestra que el toro es merecedor segun tengan a bien los asistentes de ese dia incluido el toro y el ganadero y demases se le concede el honor se seguir con vida ......
Pues lo mismito que con el toro de la vega, que si pasa la linea se le deja vivir .....aunque eso no se cumple y por dos veces consiguio pasar y aun asi lo mataron.
Vamos que despues de picarlo el picador a caballo, banderillearlo y hacerlo pasar por un suplicio si se demuestra que el toro es merecedor segun tengan a bien los asistentes de ese dia incluido el toro y el ganadero y demases se le concede el honor se seguir con vida ......
Pues lo mismito que con el toro de la vega, que si pasa la linea se le deja vivir .....aunque eso no se cumple y por dos veces consiguio pasar y aun asi lo mataron.