Se aprueba la reforma de la Constitución, con 316 votos a favor y 5 en contra

  1. #25   #13 Artículo 168.1 Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo II, Sección I del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

    Y en el artículo 1.3 del Título Preliminar: La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
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    el 02-09-2011 10:57 UTC por amromero amromero
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