#107#104 A ver, en mi comentario #97 explicaba la diferencia jurídica entre legítima defensa y miedo insuperable. Creo que no me he explicado bien:
-Legítima defensa: te están atacando o a punto de atacar (por ejemplo, ves que entra alguien armado a tu casa). Legalmente, te puedes defender con la fuerza.
-Miedo insuperable. No te están atacando ni tienen intención de atacarte, pero te coge tantísimo miedo de que te pase algo, que vas y les atacas tú. Este es el caso Tous, según la sentencia. Realmente, se trataría de un homicidio, ya que el yerno Tous salió a la calle, buscó al ladrón y le mató por la espalda. Pero como lo hizo (teóricamente) porque estaba muy asustado, no se le aplica pena de cárcel.
Espero que ahora se entienda mejor. Son casos muy diferentes.
-Legítima defensa: te están atacando o a punto de atacar (por ejemplo, ves que entra alguien armado a tu casa). Legalmente, te puedes defender con la fuerza.
-Miedo insuperable. No te están atacando ni tienen intención de atacarte, pero te coge tantísimo miedo de que te pase algo, que vas y les atacas tú. Este es el caso Tous, según la sentencia. Realmente, se trataría de un homicidio, ya que el yerno Tous salió a la calle, buscó al ladrón y le mató por la espalda. Pero como lo hizo (teóricamente) porque estaba muy asustado, no se le aplica pena de cárcel.
Espero que ahora se entienda mejor. Son casos muy diferentes.