#14#7 Si grabas a tu colega haciendo surf y de fondo sale Doña X enseñando las peras, eso sí que está dentro de la ley, tal como pone claramente en el artículo:
"sólo se podrá captar y divulgar la imagen de una persona anónima cuando ésta aparezca de forma accesoria en un acontecimiento público (por ejemplo, haciendo cola para acudir a un evento deportivo). Nada más."
"sólo se podrá captar y divulgar la imagen de una persona anónima cuando ésta aparezca de forma accesoria en un acontecimiento público (por ejemplo, haciendo cola para acudir a un evento deportivo). Nada más."