#73#70 las exportaciones a clientes particulares intracomunitarios se graban con el IVA del país que exporta y sin tasas especiales del país al que se dirige la compra. Técnicamente no hay diferencia en que un particular vaya a Irlanda a comprar a que se lo envien desde Irlanda. Es diferente al caso de que se venda a un empresa. www.clonica.net/usuario/img_usuario/comercio-exterior.es/Herramientas_ o www.cgpe.es/descargas/revista/70/44-47Consultorio.pdf
En el caso de que graben el IVA español o el canon español y no concuerde con el irlandes la factura está mal hecha, un Ipod comprado a Irlanda tiene los impuestos de Irlanda.