La Defensora del Pueblo ve "preocupante" que en la nueva Ley de Igualdad el acusado tenga que demostrar su inocencia

  1. #16   #2 #9 #10 #14 Existen multitud de casos en los que se invierte la carga de la prueba, sin que sea inconstitucional ni se considere contrario a la presunción de inocencia.

    Por ejemplo, el empresario que despide debe probar la procedencia del despido. Si no, será improcedente, y a ti se te indemnizará.

    Si te causo un daño, yo seré quien tenga que probar que no hubo dolo, culpa o negligencia. (Imagina que me salgo de la calzada, y me estampo contra tu casa. Sería yo quien tendría que probar que me he salido porque un hijoputa me ha echado de la carretera).

    Donde rige la presunción de inocencia al 100%, de manera que no se puede invertir la carga de la prueba, es en el Derecho penal. Pero esto no es una Ley penal, ni afecta al proceso penal.
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    el 21-01-2011 17:32 UTC por Gaeddal Gaeddal
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  1. #29   #16 Todo lo que dices es cierto, pero fíjate cómo empiezan tus ejemplos:

    "El empresario que despide..."
    "Si te causo un daño..."

    Es decir, que tú has causado un perjuicio claro y probado a alguien (porque lo has despedido, porque le has roto las piernas, etc).

    Lo que no puede ser es que yo llegue caminando por mi pie al juzgado y diga "Ese señor me acaba de romper las piernas" y encima a ti te toque justificar que no ha sido así; cuando ni siquiera hay pruebas de que alguien te haya roto las piernas o, si las hay, no está claro que haya sido yo: las piernas te las puedes haber roto de muchas formas.

    Pues esto es lo mismo.
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    el 21-01-2011 17:51 UTC por talibancillo talibancillo
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