#68#13 Artículo 16.3 de la Constitución Española de 1978:
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
¿Crees que a alguien le parecería bien que se pagara la visita de un alto cargo de la religión musulmana?
Ah no, que esos son unos moros mierdas.
Como decía uno en otra noticia:
Ganas de mudarme a los países escandinavos, subiendo.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
¿Crees que a alguien le parecería bien que se pagara la visita de un alto cargo de la religión musulmana?
Ah no, que esos son unos moros mierdas.
Como decía uno en otra noticia:
Ganas de mudarme a los países escandinavos, subiendo.