#35 No os preocupeis que si todavia pueden exprimirte aun te van a estrujar cientos de veces mas por el exprimidor hasta dejarte mas seco que la mojama.
Por cierto, ya no solo es lo que comenta la noticia. Es que ademas resulta que uno tiene que tolerar cosas como esta:
El consumidor no está obligado a disponer del ICP, sino que es la Compañía la que está obligada por el Sistema Eléctrico a controlar la potencia de todos los suministros. Paradójicamente la Orden 1857/2008 permitirá a las compañía eléctrica fijar un recargo a aquellos clientes que no dispongan del ICP que en la mayoría de los casos consistirá en incrementar el término de potencia hasta los 20 Kw. *Es* decir, la obligada es la compañía, pero el penalizado si ésta no cumple, es el ciudadanocon lo que la obligación de tener controlada la potencia, se ha trasladado al consumidor; mientras que la obligación de la compañía ha quedado reducida a comunicarle de forma fehaciente que debe disponer del ICP, facultándole además a facturar un recargo con el que, presupone ASINEM, hará frente a las sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones.
Esto tambien se hace asi porque la crisis obliga a ello y Europa asi lo ha dictado, ¿verdad?
Por cierto, ya no solo es lo que comenta la noticia. Es que ademas resulta que uno tiene que tolerar cosas como esta:
El consumidor no está obligado a disponer del ICP, sino que es la Compañía la que está obligada por el Sistema Eléctrico a controlar la potencia de todos los suministros. Paradójicamente la Orden 1857/2008 permitirá a las compañía eléctrica fijar un recargo a aquellos clientes que no dispongan del ICP que en la mayoría de los casos consistirá en incrementar el término de potencia hasta los 20 Kw. *Es* decir, la obligada es la compañía, pero el penalizado si ésta no cumple, es el ciudadano con lo que la obligación de tener controlada la potencia, se ha trasladado al consumidor; mientras que la obligación de la compañía ha quedado reducida a comunicarle de forma fehaciente que debe disponer del ICP, facultándole además a facturar un recargo con el que, presupone ASINEM, hará frente a las sanciones por el incumplimiento de sus obligaciones.
Esto tambien se hace asi porque la crisis obliga a ello y Europa asi lo ha dictado, ¿verdad?