#6Tras considerar probado que la página no contenía los archivos en sí y sólo meros enlaces a los ordenadores de particulares, también destaca que no hay ánimo de lucro. La existencia de anuncios en la página no debe entrar en la categoría punible.
#7#6 Se tienen que cumplir los dos requisitos a la vez para que entre el tipo penal y sea delito:
- Comunicación pública de la obra (no se da porque solo son enlaces)
- Ánimo de lucro (siempre se entiende ánimo directo y lucrarse con dinero, no como quieren las entidades de gestión que se entienda)
Hay muchas denuncias que terminan como la de esta noticia, y como las entidades se han dado cuenta de que así no ganan, según están las normas, pues ahora intentan cambiar las normas -> LES
#8Me sorprende que estas resoluciones no condenen en costas al querellante (aquí, EGEDA, Columbia Tristar, y otros) por su temeridad o mala fé al litigar. Recordemos que en 2005 cinco personas fueron detenidas, es decir, temporalmente privadas de libertad para investigar una acusación en la que el juez de primera instancia ni siquiera apreció indicios para entrar en juicio, y decretó el archivo de las actuaciones.
No contentos con la decisión, EGEDA insistió y recurrió el archivo, obligando a trabajar en otro caso perdido a la Audiencia Provincial.
En mi opinión, después de tantas resoluciones en el mismo sentido, habría que enviar una señal a estas poderosas empresas y entidades de gestión, y condenar con el pago en costas su empeño en atascar los juzgados.
Por la misma razón, estoy de acuerdo con Sánchez Almeida: "Es excesivo que hayan detenido y esposado a estos chicos cuando hay tantas sentencias que avalan su acción". Se refiere a otro reciente caso de detenidos, ya puestos en libertad www.publico.es/ciencias/317138/principales/paginas/descarga/videojuego
#6 Según señala expresamente el Auto, "El titular de la web (en este caso los imputados), es cierto que financian dichas páginas a través de publicidad (o banners) que varía en su montante en función del número de visitantes pero, salvo algún autor que considera que ello supone la concurrencia de un ánimo de lucro aislado (como Fernández Teruelo), se desestima la concurrencia de dicho requisito siempre que se trate de una copia a reproducción privadapor exigirse un ánimo de lucro directo en la descarga y no meramente indirecto de la página".