#15#9 La diferencia con todos los casos españoles que se han dado hasta ahora y el caso en USA de Rapidshare es que en los portales denunciados en España nunca había reproducción de las obras con derechos, pues sólo había enlaces, esto es, los contenidos no residían en los servidores de los portales, y por tanto podía haber ánimo de lucro.
No soy abogado, pero pienso que en España el caso de Rapidshare habría tenido una sentencia diferente.
No soy abogado, pero pienso que en España el caso de Rapidshare habría tenido una sentencia diferente.