#7#2 Cierto. Es una suerte que la disposición Sinde no permita el cierre de una web si se vulneran los derechos fundamentales recogidos en nuestra constitución y que dicho corte deba ser supervisado por un juez.
#8#7 [..] Es una suerte que la disposición Sinde no permita el cierre de una web si se vulneran los derechos fundamentales recogidos en nuestra constitución y que dicho corte deba ser supervisado por un juez.
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Claro que el juez no entra en el fondo de la cuestión, teniendo el encausado que pagar de su bolsillo un contencioso administrativo para defenderse, y tras cinco años y haber ganado sera el estado (esto es todos) los que tendrán que asumir los costes del proceso.
<tono irónico>Sin duda un sistema garantista</tono irónico>