#4#2 En el segundo párrafo de tu exposición introduces una premisa erronea que hace que todo tu razonamiento no se sostenga. Dices "persona que ha elegido una playa, entre otras muchas, por el hecho de no ser nudista". Con la Constitución en la mano, todas las playas son susceptibles de ser nudistas, es decir, en todas las playas un nudista puede ir y practicar nudismo. El delito de escándalo público hace mucho que ya no existe en nuestra legislación, solo existe en las mentes de cierto tipo de personas y, desgraciadamente, de algunos políticos locales que se empeñan en sacar ordenanzas municipales prohibiendo algo que la misma Constitución legitima. En tu tercer párrafo haces alusión a "se sabe" que son nudistas, es decir, la costumbre, pero es que en nuestro sistema la ley se antepone siempre a la costumbre y la ley en este aspecto del nudismo es clara y cuando hablo de ley vuelvo a referirme a la Constitución, y no a las ordenanzas trasnochadas que puedan aprobarse en según qué ayuntamientos bastante ignorantes en lo referente a los derechos fundamentales de los ciudadanos.
#5#4, perdona, donde dice lo del nudismo en la constitución...?
Si voy a una playa nudista es porque me siento bien entre nudistas. Si mis padres no van es porque no se siente a gusto. A tí te parecerá horrible que mis padres no se sientan a gusto entre nudistas, pero es la realidad.. si lo que quieres imponer y encima quedar de guay estupendo, pero no entiendo qué hace una persona nudista en una playa que no lo es o en un camping que no lo es o en un centro comercial que no lo es... simplemente pensaré que no es un nudista, sino alguien que quiere dar la nota.
El escándalo público ("El que de cualquier modo ofendiere el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia") se eliminó del Código Penal en 1995.
Así que no, no te pueden acusar de escándalo público porque tal delito ya no existe.