Aclaraciones sobre la primera sentencia condenatoria a una página de enlaces (David Bravo)

  1. #9   #8 Proporcionar enlaces a descargas externas (normalmente en redes P2P) no se considera comunicación pública de la obra.

    Vendría a ser como si alguien te pregunta donde puede comprar droga. El hecho de darle el nombre de un camello no es delito, a pesar de que estás haciendo posible el acceso a una substancia ilegal.
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    el 12-04-2009 12:55 UTC por divad divad
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