#23 La sentencia y la actuación policial son claras. La policía encontró un grupo de IPs que compartían porno infantil investigando por motu propio (el cómo lo hacen ya se publicó varias veces aquí así que no viene al caso). Con la lista de IPs solicitaron a un juez que diera la orden de identificar a los usuarios. Cazaron a uno que tenía en su ordenador mogollón de mierda. Fue a juicio y la Audiencia de Tarragona lo liberó. ¿Por qué? Porque la policia no tenía orden judicial en la primera parte de la investigación.
El Tribunal Supremo revocó el sobreseimiento alegando que la actuación policial es correcta porque las IPs son públicas.
A mi entender la interpretación es correcta. En caso contrario tendríamos un problema bastante grave. Imaginemos que alguien se baja del emule la peli de Blancanieves. Resulta que es un fake que tiene imágenes criminales. Hace la denuncia. Fin de la historia porque nadie puede hacer nada.
La analogía con el DNI es correcta. Lo que no puede hacer un camarero con el DNI de un cliente es coger el documento, fotocopiarlo y publicarlo en El Pais a página completa sin permiso. Pero lo que sí se puede hacer es denunciar a la policía dando todos sus datos si el cliente se llevó la cartera y el bolso de los comensales de la mesa de al lado.
El Tribunal Supremo revocó el sobreseimiento alegando que la actuación policial es correcta porque las IPs son públicas.
A mi entender la interpretación es correcta. En caso contrario tendríamos un problema bastante grave. Imaginemos que alguien se baja del emule la peli de Blancanieves. Resulta que es un fake que tiene imágenes criminales. Hace la denuncia. Fin de la historia porque nadie puede hacer nada.
La analogía con el DNI es correcta. Lo que no puede hacer un camarero con el DNI de un cliente es coger el documento, fotocopiarlo y publicarlo en El Pais a página completa sin permiso. Pero lo que sí se puede hacer es denunciar a la policía dando todos sus datos si el cliente se llevó la cartera y el bolso de los comensales de la mesa de al lado.