#68#65 Es muy interesante lo que comentas sobre el posible caso de que un adulto decidiera difundir sus propias imágenes de cuando era niño, nunca había pensado en ese tema, y también me ha hecho pensar sobre ello. En principio, no se me ocurre ninguna objeción, aunque, dependiendo del contenido de las imágenes, entiendo que sí podría exigirse que su difusión se hiciera de forma privada, pues a una gran parte de la sociedad podría molestarle profundamente.
Sobre los nexos entre la comisión del abuso y la posesión de la imagen, entiendo también que lo más grave, y origen de todo, es la comisión del abuso y la obtención de las imágenes, por supuesto. En un segundo nivel, pero muy cerca, estaría el que paga por ellas, pues es cómplice y hasta cooperador necesario (sobre todo en los "trabajos" -qué asco- que se hacen por encargo). Y menos gravedad merece, claro está el que las posee simplemente, no habiendo pagado por ellas. Pero aquí, aparte del derecho a la intimidad y a la propia imagen del menor (que a mí me parece un tema importantísimo) y al posible nexo causal indirecto (que no te discuto que en la mayoría de los casos no sea significativo), creo que hay que tener en cuenta otro tema importante. El poseedor de ese material, desde el momento en que lo posee y no lo denuncia, pasa a ser cómplice del delito, encubridor de unos hechos que, muchas veces, son muy graves. Las imágenes en sí, la forma de obtención, etc., pueden llevar a la policía a detener a los autores y a impedir que sigan delinquiendo. Creo que también esto hay que tenerlo muy en cuenta.
Sobre los nexos entre la comisión del abuso y la posesión de la imagen, entiendo también que lo más grave, y origen de todo, es la comisión del abuso y la obtención de las imágenes, por supuesto. En un segundo nivel, pero muy cerca, estaría el que paga por ellas, pues es cómplice y hasta cooperador necesario (sobre todo en los "trabajos" -qué asco- que se hacen por encargo). Y menos gravedad merece, claro está el que las posee simplemente, no habiendo pagado por ellas. Pero aquí, aparte del derecho a la intimidad y a la propia imagen del menor (que a mí me parece un tema importantísimo) y al posible nexo causal indirecto (que no te discuto que en la mayoría de los casos no sea significativo), creo que hay que tener en cuenta otro tema importante. El poseedor de ese material, desde el momento en que lo posee y no lo denuncia, pasa a ser cómplice del delito, encubridor de unos hechos que, muchas veces, son muy graves. Las imágenes en sí, la forma de obtención, etc., pueden llevar a la policía a detener a los autores y a impedir que sigan delinquiendo. Creo que también esto hay que tenerlo muy en cuenta.
Otro saludo para ti. Un placer debatir contigo.