#21 Esta noticia es errónea: el jefe no se entera de nada y el trabajador tampoco. A ver si lo explico con suficiente claridad para que se entienda: en la nómina de Junio el empresario transfiere hasta 200€ de lo que se le retiene al trabajador a lo que va a cobrar al final. Es decir, el empresario no va a pagar más ni menos, sólo va a destinar el dinero en vez de a Hacienda al trabajador, y lo tienen que hacer por ley, no se puede negar ni quedarse el dinero, a menos que quiera que le pase una inspección de hacienda y lo joda vivo. Si lo que se le retiene al trabajador es menos de 200€, digamos 50€, se le abonarán esos 50€. En los meses hasta Diciembre el descuento es lineal, de unos 33€, hasta llegar a los 400€. Si al llegar Diciembre al trabajador no se le han descontado esos 400€, en la declaración de la renta correspondiente a ese año puede reclamar el resto, como cantidad a descontar de lo que tenga que pagar o a sumar a lo que le tengan que devolver. En el caso de los autónomos, el descuento se hace en la declaración trimestral de IRPF.