#36#28 Ese dinero que pagan las cadenas de television permite, por ejemplo, que sea legal ejercer el derecho de copia privada grabandote los episodios de House en Cuatro.
Si no me equivoco, en realidad, los bares pagan por el mismo concepto: comunicacion publica -pagan por poder encender la tele, de modo que los que acudan al bar puedan ver, entre otros, contenidos protegidos por copyright sin que el bar haya distribuido previamente ejemplares a cada uno de los presentes en el bar-.
Esto es ciñendonos al concepto por el que se hace el abono; otra cosa es valorar lo que cambiariamos de la LPI Saludos
Si no me equivoco, en realidad, los bares pagan por el mismo concepto: comunicacion publica -pagan por poder encender la tele, de modo que los que acudan al bar puedan ver, entre otros, contenidos protegidos por copyright sin que el bar haya distribuido previamente ejemplares a cada uno de los presentes en el bar-.
Esto es ciñendonos al concepto por el que se hace el abono; otra cosa es valorar lo que cambiariamos de la LPI