#21 Sigue #18, más allá de la neutralidad aquí hay irregularidades claras con el software privativo:
Si busco en el BOE veo que:
- Hay concursos pidiendo expresamente productos de Microsoft, por su nombre. Incluso la versión. La «competencia» libre queda fuera automáticamente.
- Al buscar personal existen requerimientos expresos de conocer marcas y versiones concretas de software privativo. Quien no aceptó las denigrantes concidiones de las licencias privativas no puede trabajar. Windows Vista prohibe, en la licencia, buscar solucion a los inconvenientes que de el software. Es un insulto a la inteligencia –hace falta tenerla previamente para darse cuenta, claro. Por otra parte, ¿aceptaríamos que sea obligatorio calzar Camper (por ejemplo) para poder trabajar? ¿O ir a la oficina en Ford Fiesta del 2002 o superior y sólo gasolina BP?
¿Es legal? Ley 13/1995, de 18 de mayo, de contratos con las Administraciones Públicas (TRLCAP), artículo 52.2:
«Salvo que esté justificado por el objeto del contrato, no podrán incluirse en el pliego especificaciones técnicas que mencionen productos de una fabricación o procedencia determinada o procedimientos especiales que tengan por efecto favorecer o eliminar determinadas empresas o determinados productos. Especialmente no se indicarán marcas, patentes o tipos, ni se aludirá a un origen o producción determinado. Sin embargo, cuando no exista posibilidad de definir el objeto del contrato a través de especificaciones suficientemente precisas e inteligibles, se admitirá tal indicación si se acompañan las palabras «o equivalente».»
«Salvo que esté justificado». ¿Lo justifica «la neutralidad»? Porque prácticamente no compran ni requieren otra cosa que software privativo. En el BOE está. Buscad (o no):
Si busco en el BOE veo que:
- Hay concursos pidiendo expresamente productos de Microsoft, por su nombre. Incluso la versión. La «competencia» libre queda fuera automáticamente.
- Al buscar personal existen requerimientos expresos de conocer marcas y versiones concretas de software privativo. Quien no aceptó las denigrantes concidiones de las licencias privativas no puede trabajar. Windows Vista prohibe, en la licencia, buscar solucion a los inconvenientes que de el software. Es un insulto a la inteligencia –hace falta tenerla previamente para darse cuenta, claro. Por otra parte, ¿aceptaríamos que sea obligatorio calzar Camper (por ejemplo) para poder trabajar? ¿O ir a la oficina en Ford Fiesta del 2002 o superior y sólo gasolina BP?
Aquí está:
www.boe.es/g/es/bases_datos/search.php?coleccion=boe&frases=no&
¿Es legal? Ley 13/1995, de 18 de mayo, de contratos con las Administraciones Públicas (TRLCAP), artículo 52.2:
«Salvo que esté justificado por el objeto del contrato, no podrán incluirse en el pliego especificaciones técnicas que mencionen productos de una fabricación o procedencia determinada o procedimientos especiales que tengan por efecto favorecer o eliminar determinadas empresas o determinados productos. Especialmente no se indicarán marcas, patentes o tipos, ni se aludirá a un origen o producción determinado. Sin embargo, cuando no exista posibilidad de definir el objeto del contrato a través de especificaciones suficientemente precisas e inteligibles, se admitirá tal indicación si se acompañan las palabras «o equivalente».»
www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1995/1182
«Salvo que esté justificado». ¿Lo justifica «la neutralidad»? Porque prácticamente no compran ni requieren otra cosa que software privativo. En el BOE está. Buscad (o no):
www.boe.es/g/es/bases_datos/webBoe.php
Se la pisan, pero no se dan cuenta: la tienen durísima.