Un ayuntamiento pide devolver los puntos a un camionero multado como peatón y abre expediente al policía

  1. #33   #29 No lo es; la denuncia puede contener la tipificación, o incluso la sanción que puede tener dicha infracción; la propuesta de resolución (con la sanción o lo que toque) le corresponde al instructor del procedimiento.
    Al menos es lo que dice el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
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    el 07-01-2013 18:24 UTC por Huevosfritosconjamon Huevosfritosconjamon
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  1. #37   #33 la denuncia puede contener todo lo que tu quieras, pero no es mas que una propuesta de sanción que se envía a la autoridad administrativa correspondiente, para que sea esta quien sancione.
    El instructor de procedimiento, y quien sanciona, es la autoridad administrativa correspondiente, en este caso el alcalde, si fuera por fumarte un porro, por ejemplo seria el subdelegado del gobierno, y si fuera por trafico fuera de casco urbano seria la dgt, que no se exactamente ahí quien es el encargado de sancionar.
    leete el articulo 10 de ese mismo real decreto
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    el 07-01-2013 19:11 UTC por arbustorobusto arbustorobusto
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