#28#26 Nope, la constitución permite expresamente el indulto. Hay un artículo de la constitución dedicada a ello.
Yo la figura la entiendo si es dentro de la excepcionalidad. El único caso es que alguien haya sido juzgado, que por motivos de seguridad del estado no pueda alegar algo en el juicio que perjudique su defensa y entonces, el mismo gobierno que le privó de alegarlo, le indulte parcialmente o totalmente en compensación. Vamos, para que no se cometan injusticias con, por ejemplo, un espía.
#30#28 Pues el otro día en "el intermedio", un catedrático emérito del Tribunal Supremo (José Antonio Martín Pallín, creo) dijo que es claramente inconstitucional. Ahora, yo de esto no entiendo.
Yo la figura la entiendo si es dentro de la excepcionalidad. El único caso es que alguien haya sido juzgado, que por motivos de seguridad del estado no pueda alegar algo en el juicio que perjudique su defensa y entonces, el mismo gobierno que le privó de alegarlo, le indulte parcialmente o totalmente en compensación. Vamos, para que no se cometan injusticias con, por ejemplo, un espía.
En los demás casos es un abuso.