#102#57#79#88 Esa leyenda o esa fábula sobre que "el paro que yo cobro me lo han estado descontado mientas trabajaba", se mantiene por la ignorancia de quien no se informa debidamente y prefiere seguir la corriente de las leyendas y creérselas.
En la imagen adjunta está la demostración de lo que nos descuentan en una nómina y a qué corresponde cada concepto.
Y vamos a explicarlo. En el concepto "Seguridad Social" nos descuentan 3 porcentajes distintos para atender 3 necesidades distintas:
Nos descuentan un 4,7% para Contingencias Comunes: Comenzaremos diciendo que el sistema de Seguridad Social entiende un accidente de trabajo y enfermedad profesional como una “contingencia profesional”, estableciendo los derechos y obligaciones que se derivan de estos hechos. Y por otro lado, entiende a los accidentes no laborales y enfermedades comunes como “contingencias comunes”.
Es decir, el coste de las Contingencias Profesionales lo soporta la Mutua laboral (a la que paga la empresa), por eso la Seg Social sólo descuenta la Contingencias Comunes: para cuando estamos enfermos y de baja por enfermedad.
Nos descuentan, y aquí me centro, un 1,55% para el desempleo:
Es decir, a los millones de personas que estemos trabajando (yo tengo esa suerte) nos descuentan un 1,55% del bruto de nuestra nómina, para soportar el coste que suponga el pagar el paro a los desempleados.
En la imagen adjunta estoy publicando la nómina del director de una de las sucursales de mi empresa, es uno de los que más cobran, y lleva 7 años en la empresa. Podemos ver que cobra un bruto e 2,487,22 euros, que le descuentan un total de 703,04 euros (en esa nómina de noviembre pasado) y que se le inrgesa en el banco (se lleva para casa) 1.784,18 euros.
De un bruto de 2.487,22 (es más, porque falta el prorrateo de las 4 extras, pero lo dejamos así), o de un líquido o neto de 1.784,18 euros, está aportando a "su paro", como dice la leyenda o fábula, la enorme cifra de 49,33 euros (en nov2011, hace 15 años mucho menos).
Esta persona, si es despedida, cobraría el máximo de paro: el nuevo desempleado, tiene derecho a cobrar el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, esto es, durante los primeros 6 meses cobrará el 70% de la base reguladora diaria multiplicada por 30 días. El resto del período esta cantidad baja al 50% de la base reguladora (antes de la reforma laboral y recortes aprobados en Julio de 2012 por el Gobierno de Rubaljoy, del PPSOE, se cobraba el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y el 60% el resto del período).
La ley establece cada año unos topes máximos y mínimos. En 2011, el importe mínimo mensual de la prestación es de 497 euros, si no se tienen hijos a cargo, y de 664,74 euros, si se tiene al menos un hijo a cargo. El máximo mensual es de 1.087,20 euros, sin hijos a cargo; de 1.242,52 euros, con un hijo a cargo, y de 1.397,83, si se tienen dos o más hijos a cargo.
Vamos a poner que esta persona tiene un hijo a su cargo y que cobrará unos 1.250 euros de paro en 2012 (6 meses). Como vemos, tiene derecho a 24 meses de paro, los 6 primeros a 1.250 (el 70%) y los restantes a unos 900 euros (el 50% hoy, antes 60%).
1.250 x 6 meses + 900 x 18 meses = 23.700 euros cobrará en 2 años de paro.
Él está aportando (hoy, en 2012) 49,33 euros al mes para "su paro", como dice la leyenda. Si dividimos 23.700 / 49,33 = tenemos 480 meses = es decir, 40 años debería haber estado aportando, "según la leyenda", 49,33 euros para "su paro".
Por tanto, como sólo lleva 7 años, para "su paro" debería haber estado aportando, durante cada mes de estos 7 años = 84 meses, la cifra de 282 euros al mes.
Así que, creo que conviene dejar leyendas urbanas, no creer en fábulas "sin contrastar", ser bastante menos "egoístas = mi paro", pensar que vivimos en sociedad y debemos "mantenernos" todos a todos, volver a leer 3 veces y con detenimiento a #18 y pensar en lo que dice #93 sobre la ayuda de los 400.
#108#102 Si, como tú dices, nos descuentan un 1,55% del bruto de nuestra nómina, para soportar el coste que suponga el pagar el paro a los desempleados, entonces un parado debería cobrar la prestación independientemente de si ha trabajado previamente, correcto?
Sin embargo, la prestación por desempleo es una protección económica para aquellos trabajadores que hayan perdido involuntariamente su trabajo. Es decir, es el equivalente a un seguro del que has estado pagando unas cuotas, con sus correspondientes límites superiores a la prestación.
Por lo tanto, ciertamente tú mismo te pagas el paro... igual que te pagas el seguro del coche y luego puedes recibir más de lo que has pagado, siempre dentro de la legalidad.
#116#102 entiendes el concepto de seguro? o aseguradora? que creo que es lo que se te escapa, te lo explico o lo buscas tu en la wikipedia? solo te digo que cuando me estrello con el coche y le pagan 2000€ a quien me lleve por delante aunque lleve pagando a la mutua madrileña 200€ x 3 años si que puedo decir que para eso pago el seguro
#125 Llega a ser risible que el Estado diga (y luego de hablar de vividores del cuento en otros hilos) "Vamos a exigirle a los parados que busquen empleo antes de darles 400€ cada mes" y que todo dios diga "¡Cómo es posible! ¡Qué injusticia!"
¿Cómo era el dicho? ¿Así va España? ¿Así era?
Si estás buscando trabajo, no te será un problema probarlo.
#102 Así es, lamentablemente los porcentajes en las nóminas españolas no son suficiente transparentes para que la gente se de cuenta que es un sistema subsidiario y no contributivo. Ojalá fuera así, pero ya los quisiera ver con un sistema un poco más liberal donde realmente el seguro de desempleo fuera cubierto SOLO por sus aportaciones, sería de coña Me río desde ya
En la imagen adjunta está la demostración de lo que nos descuentan en una nómina y a qué corresponde cada concepto.
Y vamos a explicarlo. En el concepto "Seguridad Social" nos descuentan 3 porcentajes distintos para atender 3 necesidades distintas:
Nos descuentan un 4,7% para Contingencias Comunes:
Comenzaremos diciendo que el sistema de Seguridad Social entiende un accidente de trabajo y enfermedad profesional como una “contingencia profesional”, estableciendo los derechos y obligaciones que se derivan de estos hechos. Y por otro lado, entiende a los accidentes no laborales y enfermedades comunes como “contingencias comunes”.
Es decir, el coste de las Contingencias Profesionales lo soporta la Mutua laboral (a la que paga la empresa), por eso la Seg Social sólo descuenta la Contingencias Comunes: para cuando estamos enfermos y de baja por enfermedad.
Nos descuentan, y aquí me centro, un 1,55% para el desempleo:
Es decir, a los millones de personas que estemos trabajando (yo tengo esa suerte) nos descuentan un 1,55% del bruto de nuestra nómina, para soportar el coste que suponga el pagar el paro a los desempleados.
En la imagen adjunta estoy publicando la nómina del director de una de las sucursales de mi empresa, es uno de los que más cobran, y lleva 7 años en la empresa. Podemos ver que cobra un bruto e 2,487,22 euros, que le descuentan un total de 703,04 euros (en esa nómina de noviembre pasado) y que se le inrgesa en el banco (se lleva para casa) 1.784,18 euros.
De un bruto de 2.487,22 (es más, porque falta el prorrateo de las 4 extras, pero lo dejamos así), o de un líquido o neto de 1.784,18 euros, está aportando a "su paro", como dice la leyenda o fábula, la enorme cifra de 49,33 euros (en nov2011, hace 15 años mucho menos).
Esta persona, si es despedida, cobraría el máximo de paro:
el nuevo desempleado, tiene derecho a cobrar el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días, esto es, durante los primeros 6 meses cobrará el 70% de la base reguladora diaria multiplicada por 30 días. El resto del período esta cantidad baja al 50% de la base reguladora (antes de la reforma laboral y recortes aprobados en Julio de 2012 por el Gobierno de Rubaljoy, del PPSOE, se cobraba el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y el 60% el resto del período).
La ley establece cada año unos topes máximos y mínimos. En 2011, el importe mínimo mensual de la prestación es de 497 euros, si no se tienen hijos a cargo, y de 664,74 euros, si se tiene al menos un hijo a cargo. El máximo mensual es de 1.087,20 euros, sin hijos a cargo; de 1.242,52 euros, con un hijo a cargo, y de 1.397,83, si se tienen dos o más hijos a cargo.
Vamos a poner que esta persona tiene un hijo a su cargo y que cobrará unos 1.250 euros de paro en 2012 (6 meses). Como vemos, tiene derecho a 24 meses de paro, los 6 primeros a 1.250 (el 70%) y los restantes a unos 900 euros (el 50% hoy, antes 60%).
1.250 x 6 meses + 900 x 18 meses = 23.700 euros cobrará en 2 años de paro.
Él está aportando (hoy, en 2012) 49,33 euros al mes para "su paro", como dice la leyenda. Si dividimos 23.700 / 49,33 = tenemos 480 meses = es decir, 40 años debería haber estado aportando, "según la leyenda", 49,33 euros para "su paro".
Por tanto, como sólo lleva 7 años, para "su paro" debería haber estado aportando, durante cada mes de estos 7 años = 84 meses, la cifra de 282 euros al mes.
Así que, creo que conviene dejar leyendas urbanas, no creer en fábulas "sin contrastar", ser bastante menos "egoístas = mi paro", pensar que vivimos en sociedad y debemos "mantenernos" todos a todos, volver a leer 3 veces y con detenimiento a #18 y pensar en lo que dice #93 sobre la ayuda de los 400.
Voy a fumar un cigarro.