#23#3 Una rebaja temporal de cotizaciones no me parece mal y no creo que sea tan costosa como dice el artículo de MG. En éste no se tiene en cuenta que ese coste se ahorra por el lado de los subsidios a los parados que dejan de serlo.
Además, no entiendo la comparación con eliminar la indemnización por despido porque sencillamente el resultado de uno es una contratación y de la otra es un despido.
Por otro lado yo más que echar de menos más tipos de rebajas, descuentos, y demás creo que debería haberse reformado íntegramente el sistema de contratos que hay en España. No sé dónde leí que había ya 40 tipos de contrato. Yo dejaría 1: el indefinido.
Además, no entiendo la comparación con eliminar la indemnización por despido porque sencillamente el resultado de uno es una contratación y de la otra es un despido.
Por otro lado yo más que echar de menos más tipos de rebajas, descuentos, y demás creo que debería haberse reformado íntegramente el sistema de contratos que hay en España. No sé dónde leí que había ya 40 tipos de contrato. Yo dejaría 1: el indefinido.