#50#48 Primera y principal, lo del fanboy y lo de que tengo interés o nosequé movida dices, la próxima vez te lo ahorras, porque yo no creo que esté faltando a nadie al opinar aquí y no sé a qué viene esa salida de tono tuya.
Segunda, ¿Has leído a Kelsen? Tengo mis dudas.
Bueno: ¿desde cuándo un Magistrado del Supremo puede decir semejante cosa como ésta: pero él arrastró a la compañera, que no parece una persona tonta. ¿Cómo se permite decir que uno arrastra al otro? Venga va, no es que chochee, es que no me creo que eso lo haya dicho el Magistrado. Me niego a creerlo. Que sólo por formar parte de una sociedad mercantil se diga esa burrada, es lo máximo que he visto en una entrevista a un Juez. O sea, que en SECOPSA la empresa de recogida de residuos sólidos se estaban falsificando facturas que conformaba el equipo técnico de un municipio de Castellón y hay que imputar a todos los socios (o a los mayoritarios) que no son tontos y además unos arrastran a los otros. Oye, no tengo tiempo de explicarte en qué consiste la imputación en Derecho penal. Pero hay muchas lecturas a las que puedes acudir. Salvo que me digas que eres discípulo del profesor Günter Jakobs de Alemania, que es el único que mantiene la teoría de la imputación objetiva que ha sido criticada en coro por toda la doctrina. Pero no creo que tengas nada que ver con él, en vista de lo que dices.
Mira: citar a una persona, por lo general, no es imputarla. El magistrado se refiere a citarla como testigo, si no habría dicho, como muy bien sabe Su Señoría, "habría que imputarla". Cosa que no dice. Y si dice "citarla porque algo sabe", es para que testifique, no para que dé su versión en términos de defensa. Lo de que se entiende que se le cite como imputado es lo que habrás querido entender tú, que por otra parte no te vendría mal leerte de nuevo la LECrim. La imputación es precisamente la calidad procesal que más protegida está, cuando uno va como imputado es cuando más derechos y garantías tiene, hasta el punto que puede contar lo que le dé la gana sin que le pase nada, puede quedarse calladito (que está más guapo) y puede hincharse a decir mentiras por los codos, derecho a no contestar, a presencia letrada... (¿sigo?. El testigo, por el contrario, el menos protegido del proceso. Tiene la obligación de decir verdad, no le ampara ningún derecho ni es parte en el proceso, y si no contesta a lo que le pregunten o miente incurre en un delito contra la Administración de Justicia. Sólo están dispensados de declarar lo familiares de los imputados, y quienes estén amparados por el secreto profesional.
¿Así que este hombre ha dicho que se la cite para que declare en calidad de imputada?
#52#48#50 Y bueno va, te contesto también a lo demás. Me sabe mal:
1º.- Si se la cita como testigo pueden pasar dos cosas, que declare para favorecer a su marido (cosa que sería muy lógica) o que no declare. Dudo que a la acusación le interese esa testigo, en todo caso sería un testigo de la defensa. Una acusación nunca va a llamar a un testigo que le perjudique. Esto sería lo más básico.
2º.- Como imputada veo inviable que declare, porque no tiene obligación ni creo que dijera nada que pudiera aportar algo que la inculpase. Salvo que haya algo más de lo que sabemos, sólo por tener el 50% de participaciones y citarla como imputada sería dejarle en bandeja a las defensas y al Juez instructor para que sobreseyera la causa respecto a ella, y puede ser que respecto a todos (aquí todo es posible).
3º.- Citar a la infanta sería una forma de generar un juicio paralelo para que la gente dijera todas las barbaridades que quisiera, y como no hay todavía nada contra ella, por fuerza, la acusación no podría formularse; total: para que luego la cosa se quedara en otra payasada más, archivando la causa y como dice el magistrado iluminado de hoy, contribuiría a que los ciudadanos creyésemos en la justicia. Luego pasa como en el caso de Marta del Castillo, que condenan a la máxima pena prevista en el código penal (20 años) al único que iba acusado de asesinato, y por poco hay una revolución contra la sentencia. Cuando los demás iban sólo por encubrimiento, que son delitos menos graves y las penas son casi de broma al lado de la de Carcaño. Claro hombre, eso pasa por ir imputando a diestro y siniestro sin importarles lo que pase después. Y así vamos.
4º.- Nada, un 10 para el Magistrado, ya casi está llegando a ser tan célebre como Bacigalupo en sus tiempos.
#53#50 No pretendía faltar. Disculpa si lo he hecho. Lo que me faltaba a mi, pelearme por menéame
Sí, he leído a Kelsen, por mucho que lo dudes y aunque te sorprenda que haya más gente por ahí a parte de tú que sepa alguna cosa de la teoría pura del Derecho; quizá para ti es más probable y tranquilizador pensar que he ido a google, he puesto "derecho" y Kelsen es lo primero que ha salido. Y como (venga voy a bajar el tono aquí y ponerme guay, que no me gusta escribir "caliente") imagino que tú también y sabes algo de su biografía, no creo que haga falta que te explique mi referencia sobre la contaminación política que sufre inevitablemente el Derecho.
En mi opinión pareces de los terceros, es decir, de los literales. He tenido profesores así que me sacaban de mis casillas. Le estás buscando fallos técnicos a una entrevista coloquial; por dios, creo que somos adultos para entender el sentido de un mensaje sin ir a la LECrim para intentar poner en evidencia nada más y nada menos que a un magistrado del Tribunal Supremo, lo que no quita que pueda ser un completo gilipollas, por supuesto, pero imagino yo que alguna ley se habrá leído.
Sigues erre que erre analizando el caso, ya te he dicho que me parece perfecta tu opinión y muy respetable, incluso bien fundamentada (si hasta estoy de acuerdo en algunas cosas), pero no acuses de chochear a los que no piensan como tú. Supongo que en primero de carrera -si has estudiado Derecho- ya te repitieron mil veces aquello de que el Derecho no es ni blanco ni negro, el Derecho es un mundo de grises. En #52 tienes un ejemplo, en el segundo punto explicas lo que "crees" que pasaría, ¿por qué el magistrado tiene que creer lo mismo que tú? ¿Por qué si no piensa como tú "está para jubilarse"?. Tal vez si te hubieses limitado simplemente a razonar tu opinión sin señalar con el dedo de mala manera a un señor que está expresando su opinión en una entrevista, no nos hubiésemos enzarzado en esta tontería, que coño, incluso puede que te hubiese dado la razón en la mayoría de cosas.
En fin, un saludo y de nuevo perdona si te he ofendido, no me gusta nada ofender y menos por Internet.
Segunda, ¿Has leído a Kelsen? Tengo mis dudas.
Bueno: ¿desde cuándo un Magistrado del Supremo puede decir semejante cosa como ésta: pero él arrastró a la compañera, que no parece una persona tonta. ¿Cómo se permite decir que uno arrastra al otro? Venga va, no es que chochee, es que no me creo que eso lo haya dicho el Magistrado. Me niego a creerlo. Que sólo por formar parte de una sociedad mercantil se diga esa burrada, es lo máximo que he visto en una entrevista a un Juez. O sea, que en SECOPSA la empresa de recogida de residuos sólidos se estaban falsificando facturas que conformaba el equipo técnico de un municipio de Castellón y hay que imputar a todos los socios (o a los mayoritarios) que no son tontos y además unos arrastran a los otros. Oye, no tengo tiempo de explicarte en qué consiste la imputación en Derecho penal. Pero hay muchas lecturas a las que puedes acudir. Salvo que me digas que eres discípulo del profesor Günter Jakobs de Alemania, que es el único que mantiene la teoría de la imputación objetiva que ha sido criticada en coro por toda la doctrina. Pero no creo que tengas nada que ver con él, en vista de lo que dices.
Mira: citar a una persona, por lo general, no es imputarla. El magistrado se refiere a citarla como testigo, si no habría dicho, como muy bien sabe Su Señoría, "habría que imputarla". Cosa que no dice. Y si dice "citarla porque algo sabe", es para que testifique, no para que dé su versión en términos de defensa. Lo de que se entiende que se le cite como imputado es lo que habrás querido entender tú, que por otra parte no te vendría mal leerte de nuevo la LECrim. La imputación es precisamente la calidad procesal que más protegida está, cuando uno va como imputado es cuando más derechos y garantías tiene, hasta el punto que puede contar lo que le dé la gana sin que le pase nada, puede quedarse calladito (que está más guapo) y puede hincharse a decir mentiras por los codos, derecho a no contestar, a presencia letrada... (¿sigo?. El testigo, por el contrario, el menos protegido del proceso. Tiene la obligación de decir verdad, no le ampara ningún derecho ni es parte en el proceso, y si no contesta a lo que le pregunten o miente incurre en un delito contra la Administración de Justicia. Sólo están dispensados de declarar lo familiares de los imputados, y quienes estén amparados por el secreto profesional.
¿Así que este hombre ha dicho que se la cite para que declare en calidad de imputada?