#13 Hay obras de acondicionamiento parcial que afectan a un único inmueble y que consisten en “la redistribución de piezas, renovación de acabados e instalaciones de electricidad, fontanería, saneamiento y ACS”. También se comprueba que se ha instalado un sistema de climatización con dos equipos exteriores “dispuestos sobre el faldón inclinado de cubierta que vierte hacia el patio de parcela”. Además, se especifica que se han realizado obras en el exterior consistentes en la sustitución total de la carpintería exterior y en la instalación de toldos, tipo estor, en la terraza que da a la calle. Todos esos trabajos, recoge el acta, están finalizados y por tanto listos para su uso.
Realizada la inspección, los servicios técnicos del distrito de Chamberí elaboraron un informe cuya conclusión es que “no se ha localizado título urbanístico habilitante que ampare las obras realizadas”. Además, se propone actuar conforme a lo establecido en el artículo 195 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
No estamos hablando de poner un tabique o ampliar una ventana.
#11 pedir permiso no quita que se te caiga la casa encima. Puedes pedir permiso para hacer obras menores sin tener que realizar un estudio técnico. En ese caso el ayuntamiento te cobra y nadie te garantiza absolutamente nada.
Es decir, que pagas a cambio de nada.